TOLOZA/GENDARMERIA DE CHILE (VI REGION)
Rol
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece don Simón Parada Manzur, abogado, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 16 de marzo de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que no hizo lugar a la apelación interpuesta en contra de la resolución de fecha 8 de marzo del presente año, que rechazó la solicitud de cautela de garantías respecto del condenado Ángelo Andrés Toloza García. Previas citas legales a los artículos 14 y 366 del Código Procesal Penal, solicita se acoja el presente recurso de hecho. Segundo: Que, a folio 8 y folio 12, evacua informe doña Gigliola Devoto Squadritto, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Señala que se encuentra en tramitación ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso la causa RIT 1024-202, RUC 2 10008184-201, la que se generó para conocer una solicitud de cautela de garantías que fue presentada por el abogado Simón Parada Manzur a favor del condenado Ángelo Andrés Toloza García. El día miércoles 8 de marzo del presente, se llevó a cabo una audiencia, la que fue presidida por el magistrado don Juan Carlos Maggiolo, quien dictó una resolución, rechazando el amparo interpuesto por el abogado Simón Parada Manzur, quedando en ese momento todos los intervinientes notificados de ella. El día martes 14 de marzo de 2023, el abogado Simón Parada Manzur, interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución de 8 de marzo, mencionada en el punto anterior. El día 16 de marzo de 2023 se proveyó dicho recurso, no concediéndolo al estimarse que fue interpuesto fuera del plazo establecido en el artículo 366 del Código Procesal Penal. El plazo para interponer el recurso de apelación venció el día lunes 13 de marzo 2023 y el abogado interpuso dicho recurso el día martes 14 de marzo 2023, es decir al sexto día. Cabe tener presente, que el plazo para recurrir no se podía estimar que estaba prorrogado para el día martes 14 de marzo del presente conforme al inciso segundo del artículo 14 del Código Procesal Penal, porque el día lunes 13 de marzo 2023 (cuando el plazo venció) no fue feriado. Tercero: Que, el artículo 366 del Código Procesal Penal dispone “Plazo para interponer el recurso de apelación. El recurso de apelación deberá entablarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la resolución impugnada”. Por su parte, el artículo 14, del mismo cuerpo legal, previene “Días y horas hábiles. Todos los días y horas serán hábiles para las actuaciones del procedimiento penal y no se suspenderán los plazos por la interposición de días feriados. No obstante, cuando un plazo de días concedido a los intervinientes venciere en día feriado, se considerará ampliado hasta las veinticuatro horas del día siguiente que no fuere feriado”. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes y especialmente de lo informado por la recurrida, se advierte que el recurso de apelación fue interpuesto fuera del plazo legal al efecto, por lo que el presente recurso deberá ser rec
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto a folio 1 por don Simón Parada Manzur, en contra de la resolución de fecha 16 de marzo de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Valparaíso. Rol Penal N° 602-2023.- En Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintitrés. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece don Simón Parada Manzur, abogado, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 16 de marzo de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que no hizo lugar a la apelación interpuesta en contra de la resolución de fecha 8 de marzo del presen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica