C.A. de Talca

TORRES CANCINO PEDRO CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE CAUQUENES

Rol

16969-2022

Fecha

30 de mayo de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que, del mérito de los antecedentes expuestos aparecería un eventual error en la individualización de la víctima del supuesto delito de lesiones, lo cual podría tener incidencia en la calificación jurídica de los delitos materia del requerimiento deducido por el ente persecutor, se revoca la sentencia apelada de veintiuno de mayo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en el Ingreso Corte N° 123-2022 y en su lugar se decide que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor del amparado Pedro Alexis Torres Cancino para el solo efecto que el señor Juez de Garantía cite a los intervinientes a una audiencia, dentro del plazo de 24 horas, a fin de revisar la medida cautelar personal impuesta en su contra. Regístrese y devuélvase N° 16.969-2022.

Fallo

se decide que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor del amparado Pedro Alexis Torres Cancino para el solo efecto que el señor Juez de Garantía cite a los intervinientes a una audiencia, dentro del plazo de 24 horas, a fin de revisar la medida cautelar personal impuesta en su contra. Regístrese y devuélvase N° 16.969-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de mayo de dos mil veintidós. Al escrito folio 38414-2022: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, del mérito de los antecedentes expuestos aparecería un eventual error en la individualización de la víctima del supuesto delito de lesiones, lo cual podría tener incidencia en la calificación jurídica de los delitos materia del requerimiento deducido

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