2º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO

ALVEAR/MANCILLA

Rol

14511-2022

Fecha

30 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO REVISIÓN

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Hechos

Visto: 1°) Que el abogado Lorenzo Andrés Morales Cortés, en representación de la parte demandada, de la resolución que le fue notificada el 2 de febrero de 2022 dictada por el Segundo Juzgado Civil de Valparaíso en el juicio sobre precario que se sigue ante dicho tribunal bajo el rol N° C-1537-2018 caratulado “Mancilla con Alvear”. Funda su recurso en la causal del artículo 810 N° 2 del Código de Procedimiento Civil por estimar que se obtuvo sentencia favorable por el actor a pesar que no se reunían los presupuestos de la acción pues su representada no ocupa la parcela N° 1070 del Fundo Curauma de la cual es dueño el demandante, sino que lo parcela N° 1072 en virtud de los derechos que sobre esta tiene la hija de la demandada. Alega que el tribunal incurrió en un error manifiesto al dar por acreditado la ocupación por la demandada de la parcela del demandante basado en una errónea apreciación de los documentos aportados, así como de la testimonial rendida por el demandante la que presenta una serie de inconsistencias. Resultaba primordial establecer con certeza la correcta individualización del inmueble, lo que no ha ocurrido y que deriva en el error de expulsar al ocupante de un predio distinto al que es de dominio del actor. Es por ello, que ha presentado una querella criminal en su contra. 2°) Que el recurso de revisión se concede para invalidar sentencias firmes o ejecutoriadas que han sido ganadas de manera injusta o fraudulenta en los casos expresamente señalados por la ley. Tiene por objeto que prime la justicia por sobre la certeza jurídica, que es representada por la cosa juzgada. De ahí entonces que la revisión de sentencias dice relación con pronunciamientos de fondo, en las cuales se haya reconocido la existencia de derechos sustantivos de alguna de las partes. 3°) Que en la especie se ha fundado el recurso en la causal del artículo 810 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, por estimar que se dio por acreditado la ocupación del inmueble de propiedad

Fallo

fallo que se pretende revisar para dar por establecidos los presupuestos de la acción intentada. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 810 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de revisión deducido por el abogado Julio César Cuadros Castillo. Al primer otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N°14.511-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de mayo de dos mil veintidós. Visto: 1°) Que el abogado Lorenzo Andrés Morales Cortés, en representación de la parte demandada, de la resolución que le fue notificada el 2 de febrero de 2022 dictada por el Segundo Juzgado Civil de Valparaíso en el juicio sobre precario que se sigue ante dicho tribunal bajo el rol N° C-1537-2018 caratulado “Mancilla con Alvear”. Funda su recurso

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