DEVIA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Enzo Omar Devia Muñoz, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. El amparado cumple pena de 3 años y 1 días + 41 días + 10 años y 1 día por los delitos Robo con Violencia + Hurto Simple + Robo con Violencia. Presenta: Fecha de inicio 01-07- 2013, fecha de término 01-08-2026, fecha de rebaja de condena 01-08-2026, su tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional corresponde 18-03-2022, su conducta ha sido calificada como muy buena los 4 bimestres anteriores a su postulación y satisface los demás requisitos legales, no obstante lo cual su postulación ha sido rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N° 321 de 1925, y sus modificaciones. Pide se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para ello. A folio 4, evacúa informe la autoridad penitenciaria que remite los antecedentes de postulación del solicitante. A folio 5, informa también el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalando los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado, los que constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 6, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por los fundamentos señalados en la mencionada resolución, la que fue acompañada en estos autos. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N°321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, por su parte, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que el amparado no registra beneficios intrapenitenciarios y mantiene riesgo de reincidencia medio con necesidades de intervención en las variables familia, pareja, uso del tiempo libre, pares y patrón antisocial. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa legal precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Enzo Omar Devia Muñoz, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N° Amparo 786-2023.-
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Enzo Omar Devia Muñoz, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. El amparado cumple pena de 3 años y 1 días + 41
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