SIN INFORMACION

ROBERTO FELIPE ARANCIBIA ACUÑA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2023)

Rol

Fecha

29 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de ROBERTO FELIPE ARANCIBIA ACUÑA, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que mediante resolución N° 58-2023, de fecha 03 de abril de 2023, rechazó la postulación del interno. Indica que el interno se encuentra cumpliendo una condena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, por el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muerte, lesiones graves gravísimas, menos graves, leves y daños, previsto en el artículo 196 de la Ley N° 18.290 del tránsito, y una condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, por el delito consumado de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de un accidente de tránsito, previsto en el artículo 195 inciso 3° de la Ley 18.290. Que, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile, el amparado inicia el cumplimiento de su condena el día 04 de diciembre de 2019, proyectando su término para el día 22 de diciembre de 2025, cumpliendo con el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el día 23 de abril de 2023, además de contar con el requisito de 4 bimestres de muy buena conducta. Que sin embargo, la Comisión rechazó la postulación del interno,

Fundamentos

considerando que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada re inserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia, existiendo dificultades en sus habilidades de autocontrol que no han sido trabajadas, las que se estiman relevantes en relación al ilícito cometido. Por las anteriores consideraciones, compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno posee un riesgo de reincidencia medio, siendo necesario que sea integrado a las actividades de intervención tendientes a abordar las deficiencias en sus recursos personales, en particular generar habilidades de autocontrol, informe que por su coherencia, consistencia e imparcialidad se prefiere por sobre aquel presentado por la Defensa. Asimismo, se puede constatar un proceso de baja de consumo, sin embargo, la intervención no se encuentra terminada y de ello depende su éxito y la no reincidencia, estimando la comisión necesaria que ese proceso se encuentre completamente finiquitado”. Indica que la Comisión sí consideró que el interno presenta conciencia del delito, del mal causado y manifiesta un rechazo explicito a la comisión de estos, negándose el beneficio constatando un proceso de bajo consumo con una intervención que no se encuentra terminada. En tal sentido, señala que el Informe elaborado por Gendarmería omite información y a su vez, la que entrega es errónea, ya que no menciona que, a la fecha de confección del informe, el 13 de marzo de 2023, el amparado se encontraba recibiendo intervención de aquel factor y que realizó en noviembre de 2020 el talle de bajo umbral. Además, destaca que para el inicio del proceso terapéutico se requiere del cambio de modulo, desde el 62 al 71, (comunidad terapéutica), lo que se concretó el 04 de marzo de 2023, conforme se indica en el ORD 01.01005 de fecha 03 de abril de 2023, del Jefe del Complejo Penitenciario de La Serena. Destaca los avances en el proceso de reinserción social que da cuenta en el informe social acompañado por la defensa, el que da cuenta que durante la privación de libertad se encontró segmentado en un módulo de bajo compromiso delictual (Módulo N° 62), en el cual se mantuvo hasta el cambio de la comunidad terapéutica. Da cuenta de los talleres en los cuales ha participado, que en relación con el delito reconoce su participación y se responsabiliza de los hechos cometidos, En cuanto al alcohol y otras sustancias, se presenta con un riesgo bajo, lo que indica que sus hábitos actuales de consumo tienen un riesgo bajo de presentar problemas relacionados con el consumo de este tipo de sustancias, que tiene enseñanza superior incompleta, de la cual desertó por el nacimiento de un hijo. En cuanto a los argumentos de derecho, estima que el acto recurrido es ilegal, al soslayar que el amparado cu

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Arancibia Acuña, Roberto Felipe Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°162-2023.- La Serena, veintinueve de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de ROBERTO FELIPE ARANCIBIA ACUÑA, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional la que mediante resolución N° 58-2023, de fecha 03 de abril de 2023,

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