SIN INFORMACION

ESPINOZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

2 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: A folio 1, se interpone recurso de protección a favor de doña Margareth Del Valle Suárez Bastardo, cédula nacional de identidad N°27.469.497-1, y de doña Flavia Del Valle Ruiz Suárez, cédula nacional de identidad N°27.549.255-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por su omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pronunciarse sobre las solicitudes de permanencia definitiva, efectuadas por las recurrentes los días 05 de enero de 2022 y el 31 de mayo de 2022, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Solicita se ordene a la recurrida que emita pronunciamiento. A folio 9, se prescinde del informe solicitado a la recurrida y se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de las solicitudes de residencia definitiva presentadas por las recurrentes. Segundo: Que, aun cuando se prescindió del informe solicitado a la recurrida en atención a la naturaleza cautelar y de urgencia de este recurso, de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que si bien las solicitudes de las ciudadanas extranjeros están en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación -si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la visa de permanencia definitiva requerida por el recurrente, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de doña Margareth Del Valle Suárez Bastardo y de doña Flavia Del Valle Ruiz Suárez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y se dispone, en consecuencia, que la autoridad recurrida concluya la tramitación y emita el pronunciamiento que en derecho corresponda sobre la solicitud formulada por el recurrente, dentro del plazo de sesenta días hábiles contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1607-2023. En Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, se interpone recurso de protección a favor de doña Margareth Del Valle Suárez Bastardo, cédula nacional de identidad N°27.469.497-1, y de doña Flavia Del Valle Ruiz Suárez, cédula nacional de identidad N°27.549.255-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por su omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pro

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