INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SAN CARLOS/CUERPO DE BOMBEROS ÑIQUEN
Rol
C-28-2021
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: Que consta a folio 8 con fecha 15 de diciembre de 2021, se emano por parte del Tribunal carta certificada como se aprecia del sistema y conjuntamente con el correo electr nico a los abogados que representan a laó parte incidentista, de lo que se desprenden el incidente promovido al tenor de lo dispuesto en el art culo 83 del C digo de Procedimiento Civil, resulta delí ó todo extempor neo en su promoci n.á ó Por lo dem s no se justifique la nulidad impetrada por no existir vicio deá que adolezca la notificaci n de la liquidaci n.ó ó Por tanto en virtud de lo dispuesto en el art culo 466 y siguientes delí C digo del Trabajo y 83 del C digo de Procedimiento Civil, se resuelveó ó 1. Que se rechaza el incidente de nulidad formulado a folio N° 27 de fecha 5 de febrero de 2022. 2.Que se condena en costas a la parte vencida. RIT: C282021 Provey Juez del ó 1 Juzgado de Letras deº San Carlos, quien firma conforme a la Ley N° 20.886. En San Carlos a cuatro de marzo de dos mil veintid s, ó se notific por eló estado diario la resoluci n precedenteó . (mlc) 2022-03-04T08:34:30-0300
Fallo
Por tanto en virtud de lo dispuesto en el art culo 466 y siguientes delí C digo del Trabajo y 83 del C digo de Procedimiento Civil, se resuelveó ó 1. Que se rechaza el incidente de nulidad formulado a folio N° 27 de fecha 5 de febrero de 2022. 2.Que se condena en costas a la parte vencida. RIT: C282021 Provey Juez del ó 1 Juzgado de Letras deº San Carlos, quien firma conforme a la Ley N° 20.886. En San Carlos a cuatro de marzo de dos mil veintid s, ó se notific por eló estado diario la resoluci n precedenteó . (mlc) 2022-03-04T08:34:30-0300
Texto Completo (Preview)
XLEVYXELRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hora
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica