SIN INFORMACION

SANTIBAÑEZ ORMAZABAL CRISTIAN LEONARDO/4° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

28 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece don Cristian Leonardo Santibáñez Ormazabal, diseñador industrial y deduce recurso de amparo contra el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, al haber dispuesto a su respecto la medida de arraigo nacional, por una supuesta deuda por concepto de alimentos, lo que vulneraría sus derechos, al ser una determinación injusta, arbitraria y carente de justificación que le causa un agravio manifiesto, especialmente para su libertad personal y seguridad individual, consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, junto con su derecho de desplazamiento, por lo que pide a esta Corte que acogiendo el presente recurso se ordene restablecer el imperio del derecho afectado con el actuar de la recurrida, resolviendo a la brevedad lo solicitado por su parte. En cuanto a los antecedentes, señala que en causa C-7999 -2021, previo a haber sido demandado por su ex cónyuge de alimentos para los hijos en común, conciliando al respecto, manteniendo el cuidado compartido, pactándose la suma de 1,4 UTM, los que afirma han sido pagados por su parte desde que así se resolvió por el tribunal el 2 septiembre de 2022. Así, actualmente se le ha imputado una deuda que considera errónea, sin embargo haciendo igualmente pago de aquello que correspondería a reajustes, dio cuenta al tribunal recurrido del pago, por lo que con fecha 1 de octubre de 2022, se regularizaron completamente los pagos, solicitando dar cuenta del pago, acompañando el comprobante del mismo y requiriendo el alzamiento de los apremios, sin embargo el tribunal al resolver su presentación el 04 de octubre pasado no se pronunció sobre lo pedido en cuanto a realizarse la liquidación de la deuda y alzamiento de los apremios, manteniéndose aquello hasta la fecha, aun cuando se ha ordenado la liquidación de la deuda y la apertura de causa Z de cumplimiento a fin de continuar la tramitación de la causa. Considera así que con la dictación de esta resolución recurrida y ante la evidente inact

Fundamentos

Considerando: Primero: Conforme se colige de lo prescrito en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el amparo corresponde a una acción constitucional destinada a proteger y garantizar el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagradas en el artículo 19 N° 7 de la misma Carta Fundamental. Por consiguiente, comprende la tutela del derecho que tiene toda persona –sin distinción alguna-, para entrar y salir del territorio nacional, bajo la sola condición de que se guarden las normas establecidas por ley y salvo siempre el perjuicio de terceros; Segundo: El acto que se denunciara como vulnerador de la libertad personal o de circulación del recurrente, corresponde a la orden de arraigo decretada en contra suya por orden del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago en el contexto de un proceso sobre juicio de alimentos; Tercero: Acontece que, de acuerdo con lo informado por el Tribunal recurrido, la medida restrictiva de la libertad de desplazamiento fue dejada sin efecto con motivo de la sustanciación de este amparo, en razón de encontrarse pagada la supuesta deuda que habría justificado esa forma de apremio; Cuarto: En tales condiciones, al haberse dejado sin efecto el acto tachado de ilegal y arbitrario en la acción constitucional ejercida, significa que desapareció el motivo que justificara la denuncia de vulneración de los derechos constitucionales que se acusaron transgredidos, en términos que, a estas alturas, no existe medida que se pueda adoptar legítimamente por esta Corte, para restablecer el imperio del derecho en favor del actor. Por lo mismo, aparece que el presente arbitrio ha perdido oportunidad, conclusión que impone necesariamente su rechazo.

Fallo

Por estas razones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la referida acción constitucional de amparo. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-706-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Comparece don Cristian Leonardo Santibáñez Ormazabal, diseñador industrial y deduce recurso de amparo contra el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, al haber dispuesto a su respecto la medida de arraigo nacional, por una supuesta deuda por concepto de alimentos, lo que vulneraría sus derechos, al ser una determinación

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