BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Rol
Fecha
28 de abril de 2023
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: En la sentencia en alzada se introduce la siguiente modificación: En su fundamento octavo, se añade a continuación del guarismo 2020 la frase: “solamente en lo que dice relación con el requerimiento formulado en el punto 2.1 del oficio antes mencionado”. Y se tiene además presente: Que en relación a la información solicitada en los puntos 2.2 y 3 del oficio N°4.495, no aparece justificada por el Servicio Nacional del Consumidor que la información requerida resulte indispensable para ejercer las atribuciones que le corresponden a dicha repartición, según dispone los incisos 5° y 6° del artículo 58 de la Ley 19.496. Y atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de siete de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el 1°Juzgado de Policía Local de las Condes, con declaración que se reduce la multa impuesta a la denunciada a cinco Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese y devuélvase. N° 1488-2021 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Marcelo Rojas Barrera y la abogada doña Maria Gamboa Loyola por y contra el recurso. Santiago28 de abril de 2023. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, veintiocho de abril de dos mil veintitrés. A los escritos folios N°s 15 y 16: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: En la sentencia en alzada se introduce la siguiente modifi
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