C.A. de Santiago

GUZMÁN FERNANDEZ MARIO DAVID CONTRA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

14981-2022

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diez de mayo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1.309-2022. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Dahm y Llanos, quienes estuvieron por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger el recurso de amparo, teniendo presente para ello que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no refiere antecedentes categóricos que orienten sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado e impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional conforme lo expresa el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3, apareciendo de manifiesto que respecto del recurrente se reúnen los requisitos exigidos por el antes citado cuerpo normativo para la concesión de libertad condicional. Regístrese y devuélvase. Rol N° 14.981-2022.

Fallo

fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger el recurso de amparo, teniendo presente para ello que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no refiere antecedentes categóricos que orienten sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado e impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional conforme lo expresa el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3, apareciendo de manifiesto que respecto del recurrente se reúnen los requisitos exigidos por el antes citado cuerpo normativo para la concesión de libertad condicional. Regístrese y devuélvase. Rol N° 14.981-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de diez de mayo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1.309-2022. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Dahm y Llanos, quienes estuvieron por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger el recurso de amparo, teniendo

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