SIN INFORMACION

CALDERÓN/FUENTES

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 doña Mackarena Monserratt Calderón Angulo dedujo recurso de protección contra César Fuentes Silva, en su calidad de fiscal instructor, fundada en que con fecha 11 de octubre de 2022 se designó al mencionado Sr. Fuentes Carrasco como funcionario a cargo de una investigación sumaria seguida contra la Directora Regional Tarapacá del Fondo Solidario de Inversión Social, ocurriendo que con fecha 2 de diciembre del mismo año el recurrido solicitó que tal investigación sumaria sea elevada a sumario administrativo, a lo cual el Director Ejecutivo de Fosis accedió por resolución de 5 de diciembre de 2022, habiéndose nombrado al mismo Fuentes Carrasco como instructor. Agregó que en su oportunidad solicitó copia de esta última resolución lo cual le fue negado por el recurrido aduciendo que el sumario es secreto, decisión que estima ilegal y arbitraria, y

Fallo

por tanto vulneratoria de sus derechos constitucionalmente garantizados. SEGUNDO: Que, informando, el recurrido solicitó se declare inadmisible el recurso ya que el procedimiento investigativo se encuentra aún en trámite sin que exista un acto terminal que vulnere algún derecho constitucional de la recurrente. Por otro lado, sostuvo que en su momento se hizo uso de la facultad que establece el artículo 121 de la ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo en cuanto permite mutar una investigación sumaria a sumario administrativo lo cual, sumado a que el artículo 131 establece el secreto de sumario, implica que no existe acto ilegal o arbitrario de su parte. TERCERO: Que de lo expuesto por los litigantes queda para esta Corte claro que el recurso de protección de autos incide en un sumario administrativo aún en curso, sin que exista un acto terminal que implique afectación a los derechos constitucionales de la recurrente. En tal derrotero, se estima que las actuaciones del recurrido Fuentes Carrasco se han enmarcado en las reglas de los artículos 121 y 131 de la ley 18.834, con lo cual no se advierte ilegalidad o arbitrariedad alguna en su actuar. CUARTO: Que, por lo demás, cabe consignar que lo pretendido por la recurrente es obtener conocimiento de la resolución de 5 de diciembre de 2022 que mutó la investigación sumaria original a sumario administrativo, pretensión que se ve satisfecha a folio 9 al haberse acompañado por el recurrido el texto de tal resolución, con lo cual el

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Valdivia, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 doña Mackarena Monserratt Calderón Angulo dedujo recurso de protección contra César Fuentes Silva, en su calidad de fiscal instructor, fundada en que con fecha 11 de octubre de 2022 se designó al mencionado Sr. Fuentes Carrasco como funcionario a cargo de una investigación sumaria seguida contra la

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