SIN INFORMACION

EN FAVOR DE ROBERTO ANTONIO CAVIERES CON COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE RANCAGUA

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 24 de abril del año en curso, compareció doña Romina Malvoa Rojas, abogado, cédula nacional de identidad N 17.522.298-7, ambos domiciliado para estos efectos en Calle San Martin # 541 oficina # 12 edificio San Martín de la ciudad de Rancagua, en representación de Roberto Antonio Cavieres Cavieres privado de libertad en el C.C.P de Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional. Señala que su representado registra una condena de 10 años y 1 día por el delito de violación impropia. Registra en Gendarmería de Chile como inicio de cumplimiento de condena el 7 de julio de 2014, y termino de condena el 8 de julio de 2024. Por consiguiente, su fecha de tiempo mínimo para optar a la libertad condicional es 8 de marzo de 2021. Añade que sin perjuicio de lo anterior, su representado cumple con todos los requisitos exigidos por el actual y vigente Decreto Ley Nº 321, “que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad”,

Fundamentos

considerando las modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.124, esto es; con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, y con los cuatro bimestres de calificación conductual de “Muy Buena” anteriores a su postulación. Asegura que la solicitud del amparado fue rechazada por informe psicosocial desfavorable; sin embargo, lo cierto es que no se ha evaluado correctamente sus avances y así dar estricto cumplimiento a lo expresado en el artículo 1º del DL Nº 321. Por lo tanto, si un condenado cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta, resulta de toda lógica que para realizar el informe psicosocial que exige el Nº 3 del artículo 2 del DL Nº 321, el profesional a cargo, deberá analizar la vida intrapenitenciaria del condenado para así evaluar si ha tenido avances que permitan demostrar que es merecedor de beneficio. Ello en la práctica no ocurre, pues la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. Señala que hay que tener en consideración los siguientes aspectos relevantes del proceso de reinserción social del amparado: 1.-Se trata de un interno que durante toda su permanencia en el penal en que cumple su condena, ha volcado su vida intrapenitenciaria a mejorar su situación de vida, ha puestos sus esfuerzos y herramientas personales a mantener una conducta intachable. 2.- Ha realizado distintos cursos y talleres y ha recibido intervención en actividades recreativas, deportivas y culturales según el informe de postulación. Se desempeña como auxiliar multiservicio para la empresa SIGES, tiene diplomas de taller de apresto laboral, prevención selectiva, tapizado vintage, solución de problemas, talleres de reinserción social, taller de pintura y taller cultural, capacitación en tapizado de muebles, obras menores para manutención, taller de alfabetización digital, formación general para el trabajo, habilidades de comunicación efectiva, taller de solución de conflictos, gasfitería en agua y gas Además tiene trabajo dependiente en el área de alimentación que además de permitirle generar ingresos, le ha permitido adquirir herramientas de trabajo las cuales en caso de egresar utilizará de manera inmediata. 3.-Cuenta con apoyo familiar, quienes lo visitan regularmente y que lo apoyan para reincorporarse a su vida. Finaliza pidiendo acoger el amparo, ordenando dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando que se le conceda dicha libertad. Evacuando su informe, el Sr. Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional, sostuvo que la Ley 21.124 estableció nuevos requisitos, más estrictos, para acceder al beneficio de libertad condicional; concretamente, en su artículo 2 N° 3 exige contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilid

Fallo

Fallo del Recurso de Amparo, se resuelve que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Roberto Antonio Cavieres Cavieres recluido en el Complejo Penitenciario de Rancagua. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol ingreso Corte N° 114-2023 Amparo. Se deja constancia que, por reunirse los presupuestos previstos en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema, la presente sentencia debe ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 24 de abril del año en curso, compareció doña Romina Malvoa Rojas, abogado, cédula nacional de identidad N 17.522.298-7, ambos domiciliado para estos efectos en Calle San Martin # 541 oficina # 12 edificio San Martín de la ciudad de Rancagua, en representación de Roberto Antonio Cavieres Cavieres privado de l

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