SIN INFORMACION

RECURRENTE:ANDREA BIBIANA ULLOA DIAZ:RECURRIDO:SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 25 de enero del año 2023, comparece Andrea Bibiana Ulloa Díaz, cédula de identidad para extranjeros N°27.043.137-2, de nacionalidad venezolana, domiciliada en pasaje Estero Marga-Marga N°0611, San Rafael, Lago Peñuela, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en la omisión de la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando solicitud de permiso de permanencia definitiva. Funda su recurso en que con fecha 18 de junio de 2021, solicitó vía online el beneficio de residencia definitiva, según consta en comprobante que acompaña al recurso, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de marras haya recibido una respuesta definitiva por parte de la recurrida en relación a su solicitud de residencia definitiva, situación que la afecta en su integridad psíquica y emocional. Agrega que tuvo que ampliar su solicitud y que no puede acceder a ciertos trámites de índole económicos y financieros porque su cédula se encuentra vencida. Finaliza solicitando se acoja a tramitación el recurso, se haga lugar al mismo y se dispongan las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompaña antecedentes en que se funda la presente acción. Con fecha 10 de febrero de 2023, a folio 5, compareció la Institución recurrida y solicitó el rechazo del recurso en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerado como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Agrega que, respecto de la solicitud de la recurrente, l

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Andrea Bibiana Ulloa Díaz, cédula de identidad para extranjeros N°27.043.137-2, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordado lo anterior con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Álvaro Martínez Alarcón, quien estuvo por acoger el presente recurso por cuanto queda en evidencia el incumplimiento de la normativa que regula la actividad de la Administración, toda vez que la autoridad respectiva ha desconocido la aplicación de los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, en tanto ha dilatado la decisión respecto de la solicitud de permanencia definitiva, excediendo el plazo establecido en el artículo 27 de la mencionada Ley N°19.880 (SCS Rol N° 24.827-2020). Por estas razones, en concepto del disidente, la dilación de la recurrida en el pronunciamiento sobre la antes indicada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra del recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 25 de enero del año 2023, comparece Andrea Bibiana Ulloa Díaz, cédula de identidad para extranjeros N°27.043.137-2, de nacionalidad venezolana, domiciliada en pasaje Estero Marga-Marga N°0611, San Rafael, Lago Peñuela, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Mig

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica