JUZGADO DE LETRAS DE VILLA ALEMANA

VERGARA/VILLELLA

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

CONFIRMADA-ACOGIDA

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Hechos

VISTO: En esta causa Rol de Ingreso 1900-2022 civil, Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, por la parte demandada, en estos autos sobre cese de goce gratuito y designación de administrador pro indiviso, caratulados “Vergara con Villella”, rol de la causa No C-3100-2020, del Juzgado de Letras de Villa Alemana, con fecha catorce de junio del año dos mil veintidós interpone, dentro de plazo, recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en autos de fecha veinte de mayo del año dos mil veintidós, solo en cuanto el pronunciamiento de las costas de la causa. Que, con fecha diecisiete de julio del año dos mil veintidós, Francisco Padilla Vergara, abogado por las demandantes, doña Guilda Vergara Alonso y doña Doris Reveca Vergara Alonso, se adhiere al recurso de apelación interpuesto por la contraria, y solicita que esta sea revocada y enmiende a derecho, acogiendo tanto la demanda de cese de uso y goce gratuito como la demanda de designación de administrador pro indiviso, interpuestas por sus representadas mis mandantes, en contra de su hermano don Patricio Villella Alonso.

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto al recurso de apelación promovido por la demandada: Primero: Que atendido los argumentos vertidos en la jueza a quo en el considerando décimo quinto, los cuales comparte esta Corte, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva dictada de fecha veinte de mayo del año dos mil veintidós. II.- En cuanto al recurso de apelación promovido por la demandante: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los considerandos Decimotercero y Decimocuarto los cuales se eliminan. Y teniendo además presente: Segundo: Que consta en la causa en estudio que la parte demandante solicitó fuesen citadas las partes a comparendo habiéndose verificado el mismo, donde el demandado ante dicha petición indicó que “…son materias propias de un juicio particional, en el cual también debe intervenir el albacea designado en el testamento”. Tercero: Que los artículos 653 y 654 del Código de Procedimiento Civil contemplan esta posibilidad, de tal modo que esta Corte estima que el tribunal del grado debió resolver dicha solicitud, en la forma consagrada en la primera de aquellas normas decretando “…la forma en que han de administrarse pro indiviso los bienes comunes y nombrar a los administradores, si no se ponen de acuerdo en ello los interesados”. Cuarto: Que de esta manera no se comprende cuál es aquel otro procedimiento distinto a que alude la sentencia recurrida para efectos de designar un administrador pro indiviso de la herencia de autos en los términos dispuestos en el artículo 654 del código del ramo, debiendo ejecutar tal designación con o sin consentimiento del demandado de marras. Por las anteriores consideraciones y lo prevenido en los artículos citados y lo dispuesto en los artículos 146 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I.- En cuanto al recurso de apelación promovido por el demandado: Se confirma la sentencia definitiva dictada en los autos Rol C-3100-2020 del Juzgado de Letras de Villa Alemana con fecha veinte de mayo de dos mil veintidós. II.- En cuanto al recurso de apelación promovido por el demandante: Se acoge el recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada en los autos Rol C-3100-2020 del Juzgado de Letras de Villa Alemana con fecha veinte de mayo de dos mil veintidós, revocándola en aquella parte que rechazo la solicitud de designación de administrador pro indiviso de la Herencia quedada al fallecimiento de doña Guilda Del Carmen Alonso Lillo, enmendándola, en el sentido que deberá citar a una audiencia conforme a la normativa correspondiente con el propósito de determinar sus atribuciones. Regístrese, notifíquese y devuélvase, en su oportunidad. Redactada por el Ministro Suplente don Germán Manuel Núñez Romero. N°Civil-1900-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Cgv Valparaíso, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. VISTO: En esta causa Rol de Ingreso 1900-2022 civil, Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, por la parte demandada, en estos autos sobre cese de goce gratuito y designación de administrador pro indiviso, caratulados “Vergara con Villella”, rol de la causa No C-3100-2020, del Juzgado de Letras de Villa Alemana, con fecha

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