SIN INFORMACION

JIMENEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra e interpone acción constitucional de protección en favor de Abraham Josué́ Jiménez Timaure, venezolano, empleado, domiciliado en calle en San Petersburgo N°6351, Comuna San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la demora excesiva en la tramitación de su solicitud de permanencia definitiva. Indica que han pasado más de tres años y dos meses desde que el 18 de noviembre de 2019 solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndola en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que consagran los principios de celeridad e impulso de oficio por parte de la autoridad, vulnerando las garantías fundamentales de derecho a la vida e integridad psíquica, garantía de igualdad ante la ley y libertad de trabajo, reconocidos en los numerales 1, 2 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas pertinentes para reestablecer el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que evacúa el informe respectivo la abogada del Servicio Nacional de Migraciones, Paula Díaz Miranda, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que la petición de permanencia definitiva del recurrente fue presentada el 18 de noviembre de 2019 y que

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Abraham Josué Jiménez Timaure, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°365-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra e interpone acción constitucional de protección en favor de Abraham Josué́ Jiménez Timaure, venezolano, empleado, domiciliado en calle en San Petersburgo N°6351, Comuna San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente

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