SIN INFORMACION

ARANCIBIA / MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

Fecha

27 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que se deduce recurso de amparo en favor Liliana Del Tránsito Arancibia Nieto y contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, órgano que, mediante Decreto Exento N°976, de 17 de abril de 2023, rechazó el beneficio de reducción de condena. Indica que la amparada fue condenada el 15 de febrero de 2019, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe, a la pena de cinco años y un día y un día de presidio mayor en grado mínimo, como autora del delito de abuso sexual con contacto corporal de menor de catorce años, hecho ocurrido en durante el año 2014. El cumplimiento de dicha condena se computa desde el día 27 de febrero de 2019, registrando como fecha de cumplimiento el 19 de diciembre de 2023, la que fue rebajada por aplicación de la Ley N°19.856, de manera que el cumplimiento de la misma se verificó el 19 de abril de este año. No obstante lo anterior, el decreto impugnado rechazó dicha rebaja, ya que el 09 de febrero de 2022 entró en vigencia la Ley N°21.421, por la que se excluyó de los beneficios contemplados en la Ley N°19.856 a quienes hayan sido condenados por delitos de carácter sexual, aplicando de forma retroactiva la ley penal e impidiéndole a la amparada recuperar su libertad, lo que constituye un privación ilegal de la misma. Argumenta que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República y en los tratados internacionales que cita, existe prohibición de hacer aplicable una norma penal posterior cuando ésta perjudique al reo. Cita jurisprudencia en apoyo de su tesis y pide que se deje sin efecto el Decreto Exento y que se haga efectiva la reducción de condena, decretando su inmediata libertad o bien que se disponga que el recurrido deba dictar el acto que conceda el beneficio al amparado. Que el Ministerio de Justicia informa que el beneficio de reducción de condena se encuentra regulado en la Ley N°19.856, publicada el 04 de febrero de 2003 y por su Reglamento, Decreto N° 685 de 29 de nov

Fallo

Por estas consideraciones, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Liliana Del Tránsito Arancibia Nieto en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sólo en cuanto se deja sin efecto el Decreto Exento N° 494, de 28 de febrero de 2023, debiendo la autoridad recurrida dictar, en su lugar, el decreto exento que otorgue el beneficio de reducción de condena a la amparada, ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Inés María Letelier Ferrada, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo, por las siguientes consideraciones. 1°) Que la posibilidad de acceder al beneficio de la reducción de condena constituye una mera expectativa, no un derecho adquirido, de manera que su concesión se rige por la ley vigente a la fecha en que la autoridad administrativa resuelve su procedencia. 2°) Que la Ley N°21.241, que prohibió el beneficio en comento en el caso de los delitos de índole sexual, comenzó a regir en el mes de febrero del año en curso, en circunstancias que la decisión recurrida fue dictada el día 13 de abril del presente año, cuando aquella modificación legal ya se encontraba vigente 3°) Que, a partir de lo señalado, se verifica que la recurrida obró en uso de sus atribuciones y de acuerdo a la vigente, por lo que ha obrado legalmente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Am

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de abril de dos mil veintitrés. Visto: Que se deduce recurso de amparo en favor Liliana Del Tránsito Arancibia Nieto y contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, órgano que, mediante Decreto Exento N°976, de 17 de abril de 2023, rechazó el beneficio de reducción de condena. Indica que la amparada fue condenada el 15 de febrero de 2019, por el

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