VALDEBENITO CON MANTILARO Y NEIRA LTDA
Rol
C-166-2021
Fecha
1 de marzo de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Al punto 1: Atendido que con fecha 28 de diciembre de 2021 el tercerista, representada por Sergio Fa ndez del Hoyo, acompa a documentos de carta de notificaci n deú ñ ó pago previsional enviada al ejecutante de autos y comprobante de su env o porí correo certificado. Que con fecha 29 de diciembre de 2021, este Tribunal otorgo traslado al ejecutante y al ejecutado. En virtud de lo dispuesto en el art culo 1.572 del C digo Civil puede pagarí ó cualquier persona por el deudor. Que de acuerdo al art culo 162 inciso 6 del C digo del Trabajo, quien debeí º ó realizar la convalidaci n del despido es el empleador.ó Teniendo presente que en autos no consta que el ejecutado, es decir, el empleador, haya convalidado el despido, mientras esta gesti n no se realiza no esó posible tener por cumplido lo ordenado en sentencia de fecha veintid s de marzo deó dos mil veintiuno, dictada por Ilustr sima Corte de Apelaciones de San Miguel, porí tanto, no ha lugar. Al punto 2: Constando en autos que el tercerista acompa o con fecha 06 de enero valeñ vista por la suma de $3.500.000 y que aparejo materialmente por el mismo· tercerista el d a 07 del mismo mes y no por el ejecutado, como lo menciona en suí escrito. El vale vista en cuesti n fue depositada por este Tribunal el d a 14 de enero.ó í Que en la liquidaci n de fecha 20 de enero, se considera como fecha deó consignaci n el d a 19 de enero del mismo a o, se resuelve, ha lugar a la objeci n deó í ñ ó la liquidaci n, t ngase como fecha de consignaci n el d a 07 de enero de 2022,ó é ó í liqu dese.í Código: TJBLYHLSJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Proveyendo derechamente objeta l iquidaci n de fecha 26 deó enero de 2022: Atendido que el solicitante no es parte en esta causa, m s aun, no consta ená autos que este trabada la litis de la demanda de tercer a, no ha lugar.í RIT: C-166-2021 RUC: 21-3-0100713-K Provey el( la) Juez(a) deló Juzgado de Cobranza La
Fallo
se resuelve, ha lugar a la objeci n deó í ñ ó la liquidaci n, t ngase como fecha de consignaci n el d a 07 de enero de 2022,ó é ó í liqu dese.í Código: TJBLYHLSJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Proveyendo derechamente objeta l iquidaci n de fecha 26 deó enero de 2022: Atendido que el solicitante no es parte en esta causa, m s aun, no consta ená autos que este trabada la litis de la demanda de tercer a, no ha lugar.í RIT: C-166-2021 RUC: 21-3-0100713-K Provey el( la) Juez(a) deló Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel , quien suscribe con firma electr nicaó avanzada. En San Miguel a uno de marzo de dos mil veintid só , se notific por el estadoó diario la resoluci n precedente.ó Código: TJBLYHLSJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-03-01T15:30:12-0300
Texto Completo (Preview)
Pwc San Miguel, uno de marzo de dos mil veintid só . Como se pide. T ngase por evacuado el traslado conferido a la ejecutante con fecha 18 deé enero del a o en curso, en rebeld a.ñ í Proveyendo lo principal del escrito de fecha 28 de enero del corriente: Vistos: Al punto 1: Atendido que con fecha 28 de diciembre de 2021 el tercerista, representada por Sergio Fa ndez del Hoyo, acompa a documentos
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