SCOTIABANK-CHILE / CARVAJAL -C/F-
Rol
7806-2022
Fecha
24 de mayo de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar bajo el Rol C-885-2019, caratulado “Scotiabank-Chile con Carvajal”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso con fecha diez de febrero de dos mil veintidós, que luego de rechazar un recurso de casación en la forma interpuesto por la misma parte, confirmó el fallo de primer grado de ocho de octubre de dos mil veinte, por el cual rechazó las excepciones opuestas de los numerales 2°, 4°, 7° y 11° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente, en primer término, expresa que el fallo cuestionado infringe los numerales 3° y 4° del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil en relación con los numerales 5° y 6° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema respecto de la Forma de las Sentencias. Sostiene que la sentencia de segundo grado omite señalar la enunciación de las excepciones o defensas alegadas, la prueba confesional y testimonial ofrecida, y las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento para confirmar la sentencia en alzada. En segundo término, acusa vulneración al artículo 768 N°9 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 795 del mismo compendio normativo, al privar a su parte de la rendición de medios de prueba solicitados oportunamente. En tercer lugar, denuncia transgresión al artículo 170 del Código de Procedimiento Civil en relación con los numerales 5° y 6° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema respecto de la Forma de las Sentencias, artículo 19 N°2 y 3 de la Constitución Política de la República, 40, 42 y 44 del Código de Procedimiento Civil, ya que los jueces del fondo no se pronunciaron sobre las alegaciones del incidente de nulidad por falta de emplazamiento. Finaliza pidiendo qu
Fallo
fallo de primer grado de ocho de octubre de dos mil veinte, por el cual rechazó las excepciones opuestas de los numerales 2°, 4°, 7° y 11° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente, en primer término, expresa que el fallo cuestionado infringe los numerales 3° y 4° del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil en relación con los numerales 5° y 6° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema respecto de la Forma de las Sentencias. Sostiene que la sentencia de segundo grado omite señalar la enunciación de las excepciones o defensas alegadas, la prueba confesional y testimonial ofrecida, y las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento para confirmar la sentencia en alzada. En segundo término, acusa vulneración al artículo 768 N°9 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 795 del mismo compendio normativo, al privar a su parte de la rendición de medios de prueba solicitados oportunamente. En tercer lugar, denuncia transgresión al artículo 170 del Código de Procedimiento Civil en relación con los numerales 5° y 6° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema respecto de la Forma de las Sentencias, artículo 19 N°2 y 3 de la Constitución Política de la República, 40, 42 y 44 del Código de Procedimiento Civil, ya que los jueces del fondo no se pronunciaron sobre las alegaciones del incidente de nulidad por falta de emplazamiento. Finaliza pidiendo que se invalide la sentencia recurrida y se dict
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Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar bajo el Rol C-885-2019, caratulado “Scotiabank-Chile con Carvajal”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada contra la sentencia
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