SIN INFORMACION

EYZAGUIRRE/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALREGIÓN METROPOLITANA

Rol

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: A folio N°1-2022 comparece JESSICA CAROLA ACUÑA GOMEZ, Abogado, en representación de doña LORETO ROCIO EYZAGUIRRE VÉJAR, quien interpone Recurso de Protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Funda su acción en que consta en RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-F-53704-2022 que su representada de dirigió a la Superintendencia de Seguridad Social a fin de que esta, reconsiderara lo dictaminado mediante resolución exenta N°R-01-F-28496-2022, de fecha 14 de marzo del año 2022, en virtud de la cual se aprobó lo obrado por el instituto de seguridad laboral, respecto de factores de riesgo, medidas comprometidas y mediante el cual se verificaron las acciones desarrolladas por su empleadora, Hospital de Pitrufquen. En subsidio se interpuso recurso jerárquico, el cual no prospero. Dicha resolución establece que lo señalado por su representada expone los

Fundamentos

fundamentos de su reclamo, que se fundamentan en la readecuación de su puesto de trabajo, acción que reclama ha implicado al menos cuatro cambios de puesto de trabajo en menos de un año, y que ha menoscabado su salud mental según ha sido acreditado en causa RIT T-6-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Pitrufquén. alegando que ninguna de las medidas impartidas por el Instituto de Seguridad Laboral habría sido cumplida, porque la han cambiado de puesto arbitrariamente, lo que le ha generado una enfermedad profesional. Ya en sede laboral se había discutido el tema de los cambios sucesivos de puesto de trabajo, se estableció que el empleador, lo que le ha provocado una enfermedad profesional, que la mantuvo durante largo tiempo con licencia médica ha vulnerado los derechos de la trabajadora al cambiarla sucesivamente de puesto de trabajo. La empleadora nuevamente y como supuesta medida de mitigación, la cambia de puesto de trabajo, a pretexto de, alejarla del agente de riesgo, lo que en definitiva no es así, por cuanto el nuevo puesto de trabajo depende directamente de dicho agente de riesgo vale decir la sub dirección administrativa del Hospital de Pitrufquén tal cual reza el convenio de colaboración entre el ISL y el servicio de Salud Araucanía Sur, cuya se copia se acompaña. El ISL, da por cumplido el plan de mitigación del empleador en los términos que los presento (designada oficina USO), se deduce recurso de reconsideración administrativa desestimando el reclamo de su parte, dando por agotada dicha instancia según resolución NR-01-F-53704-2022, de fecha 29 d Abril de 2022, que se recurre en estos autos. Lo anterior ha llevado a su parte a interponer una nueva demanda en contra de su empleador, por vulneración de la trabajadora, por no acatar el

Fallo

fallo de 14/09/2021 y continuar el hostigamiento en su contra. En la audiencia preparatoria del 24/01/2022, el juez fijó una medida cautelar de alejamiento de sus funciones, con pago íntegro de sus remuneraciones. Esta parte ha solicitado se deje sin efecto la citada resolución, y se ordene al empleador entregar un plan de mitigación que efectivamente proteja su integridad y la aleje del agente de riesgo. Agrega que consta en sentencia de fecha diez de septiembre del año 2021, en causa RIT T-6-2021 del Juzgado de Letras de Pitrufquén, que se condenó al servicio de salud Araucanía sur por vulneración de garantías fundamentales, por haberse vulnerado el derecho a la integridad física y psíquica de su representada, quien se encuentra sufriendo una enfermedad profesional comprobada, derivada del ejercicio de las facultades del empleador, por cambios constantes de unidad de trabajo. En dicha sentencia en su considerando Décimo Séptimo, y en base al informe psicológico pericial, emitido por la perito psicóloga doña María Isabel Thiers Riquelme, se establece que la sintomatología que afecta a su representada consiste en cuadro depresivo reactivo a estrés postraumático producido por la vivencia de los cambios constantes de puesto y área de trabajo, estado de hiper alerta, presenta fenómenos de flashback en los que revive las situaciones laborales conflictivas, trastornos del sueño, sensación de desconcierto y desesperación, viviendo situación de daño psicológico y emocional que se h

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C.A. de Temuco Temuco, veintiséis de abril de dos mil veintitrés. VISTO: A folio N°1-2022 comparece JESSICA CAROLA ACUÑA GOMEZ, Abogado, en representación de doña LORETO ROCIO EYZAGUIRRE VÉJAR, quien interpone Recurso de Protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Funda su acción en que consta en RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-F-53704-2022 que su representada de dirigió a la Superi

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