JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP C/ LUIS FERNANDO MACIEL PINA

Rol

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos antecedentes Rol 268-2023 Penal se ha alzado el Ministerio Público en contra de la resolución que excluyó toda la prueba del ente persecutor en la audiencia de preparación de juicio oral simplificado dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante el veintitrés de enero de dos mil veintitrés, por vulneración de garantías constitucionales. Segundo: Que la defensa en su oportunidad solicitó la exclusión de la prueba de cargo porque las actas de entrada y registro a lugar cerrado y lectura de derechos fueron realizadas a la misma hora. Tercero: Que del mérito de los antecedentes aparece que el acta de lectura de derechos al imputado se realizó a las 14:50 horas; aquella de entrada y registro en el domicilio del imputado comenzó a las 14:50; y, que dicho procedimiento tuvo una duración de 15 minutos. Cuarto: Que a juicio de esta Corte no se advierte infracción al debido proceso o al derecho de la defensa, desde que la parte acusada ha conocido con anterioridad la prueba que pretende introducir el Ministerio Público y tendrá el tiempo suficiente para preparar la adecuada defensa en contra de ella si así lo estimaré necesario. En efecto, la referencia a una hora determinada según lo considera la Juez, podría constituir un vicio de carácter formal o una cuestión de presentación de prueba, pero en ningún caso constituye una vulneración de garantías que permita suprimir la prueba que el Ministerio Público pretende incorporar. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado la resolución de veintitrés de enero del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Talagante, en causa RIT 3301-2022, que excluyó toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público y, se declara que se incluye dicha prueba en el auto de apertura de juicio oral en los términos solicitado por el Ministerio Público. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°26

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado la resolución de veintitrés de enero del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Talagante, en causa RIT 3301-2022, que excluyó toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público y, se declara que se incluye dicha prueba en el auto de apertura de juicio oral en los términos solicitado por el Ministerio Público. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°268-2023 Penal

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Sala Rol N° 268-2023-Penal Ruc: 2200827378-6 RIT: 3301-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministras señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señora María Alejandra Rojas Contreras y abogado integrante señor Santiago Albornoz Pollmann Relator: Sebastián Vergara de la Rivera. Digitadora: Janet Meléndez

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