SCOTIABANK-CHILE/MAESTRANZA Y CONSTRUCTORA REAL LIMITADA REAL LTDA
Rol
52990-2021
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO(M)
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sumario especial de terminación de contrato de arrendamiento tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, bajo el Rol N° 1845-2019, caratulado “Scotiabank-Chile con Maestranza y Constructora Real Ltda.”, la demandada recurre de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de fecha nueve de julio de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que confirmó la sentencia de veintinueve de enero del mismo año que declaró terminado el contrato de arrendamiento y ordenó restituir el vehículo motorizado arrendado. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: SEGUNDO: Que la recurrente esgrime la causal de nulidad contemplada en el numeral 9° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, postulando que al desechar el recurso de casación en la forma, que rechazó las excepciones dilatorias especialmente la N° 6 del artículo 303 del mismo cuerpo legal, no existió requerimiento de pago omitiendo un trámite o diligencia esencial, como es el debido emplazamiento. Y en consecuencia se han infringido las normas procesales a este respecto, afectando el derecho a defensa, el principio de legalidad y juridicidad y un debido proceso, consagrados en la Constitución Política de la Republica. TERCERO: Que la revisión de los antecedentes del proceso permite constatar que la parte demandada impugnó el fallo de primer grado mediante casación en la forma y apelación. Conociendo la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, rechazó el recurso de casación en la forma y confirmó la decisión de primer grado. CUARTO: Que al analizar el libelo de casación aparece que la recurrente impugna el pronunciamiento que desestimó el recurso de casación en la forma deducido contra la sentencia de primer grado, es decir, su reproche se orienta a sustentar vicios que se contendrían en la sentencia de casación de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, cuestionando los
Fundamentos
motivos en que se fundó la decisión de rechazo del arbitrio. QUINTO: Que el artículo 63 N°1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales dispone que las Cortes de Apelaciones conocerán en única instancia de los recursos de casación en la forma que se deduzcan en contra de las sentencias dictadas por los jueces de letras de su territorio jurisdiccional. La palabra “instancia”, en este caso, está tomada en el sentido de que el
Fallo
fallo de primer grado mediante casación en la forma y apelación. Conociendo la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, rechazó el recurso de casación en la forma y confirmó la decisión de primer grado. CUARTO: Que al analizar el libelo de casación aparece que la recurrente impugna el pronunciamiento que desestimó el recurso de casación en la forma deducido contra la sentencia de primer grado, es decir, su reproche se orienta a sustentar vicios que se contendrían en la sentencia de casación de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, cuestionando los motivos en que se fundó la decisión de rechazo del arbitrio. QUINTO: Que el artículo 63 N°1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales dispone que las Cortes de Apelaciones conocerán en única instancia de los recursos de casación en la forma que se deduzcan en contra de las sentencias dictadas por los jueces de letras de su territorio jurisdiccional. La palabra “instancia”, en este caso, está tomada en el sentido de que el fallo que resuelve el correspondiente recurso de casación en la forma no es susceptible de ningún otro recurso ni puede ser revisado, de consiguiente, por ningún tribunal superior (Mario Casarino Viterbo, Manual de Derecho Procesal Orgánico, Quinta Edición Actualizada, Tomo I, página 161). SEXTO: Que en mérito de lo expuesto, el recurso de casación en la forma interpuesto por la demandada en contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que negó lugar al recurso de casación formal deducido por la m
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Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sumario especial de terminación de contrato de arrendamiento tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, bajo el Rol N° 1845-2019, caratulado “Scotiabank-Chile con Maestranza y Constructora Real Ltda.”, la demandada recurre de casación en la forma y en el fondo contra la
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