SIN INFORMACION

PROCESADORA DE RESIDUOS INDUSTRIALES LTDA/VERGARA

Rol

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Claudio Morales Fernández, abogado, cédula de identidad N.º 7.850.402-1, quien en representación de Procesadora de Residuos Industriales Limitada o RECIMAT, Rut: 76.073.179-K, ambos domiciliados en Avda. Tabancura 1613, Oficina C-1302, Santiago, dedujo recurso de protección en contra de Milton Alejandro Vergara Pizarro, ex empleado de RECIMAT, cédula nacional de identidad N°10.949.4615, domiciliado en calle Osvaldo Muñoz 2551, Vista Hermosa, Calama, por la afectación a su derecho de propiedad y a emprender y desarrollar el giro de su industria, ordenándosele al recurrido el retiro de las publicaciones en redes sociales, con expresa condena en costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo del recurso de protección interpuesto. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente fundó su acción constitucional, en la perturbación y/o amenaza, de las garantías fundamentales consagradas en los números 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política, mediante publicaciones de material gráfico en internet. Sostuvo que el recurrido trabajó para RECIMAT, entre el 02 de septiembre de 2014 y el 16 de marzo de 2023, fecha en que fue desvinculado por necesidades de la empresa. Desde el mismo día de su despido, comenzó a publicar en redes sociales fotografías y videos en que se aprecia el horno rotario de Recimat, funcionando incorrectamente, con su puerta abierta, lo que arroja humo. Precisó que existen hasta la fecha ocho videos publicados en su cuenta de Facebook, con textos en el siguiente tenor: “¿Así guardan sus residuos en Recimat Calama la fundición de plomo que no solo contamina el aire que respiramos, sino que también las napas subterráneas de nuestro preciado río” y dos comentarios del mismo recurrido que señalan “Según disposición del medio ambiente ese sector es para aserrín Huummmm medio extraño ese aserrín” y “Y las autoridades?, “Un día más de contaminación a la ciudad de Calama y las autoridades asen vista gorda mientras les llegue su chequé ellos felices”, con un importante número de visitas y que, han sido republicadas en otras cuentas de perfil público de Facebook. Señaló la recurrente que es la única compañía en Chile que procesa las baterías de ácido plomo en desuso, utilizadas en el país, como las de automóviles, maquinaria pesada, submarinos, camiones, etc., cumpliendo con todos los protocolos medioambientales que la Ley chilena exige y que cuenta con los permisos sectoriales. Describió que el horno se fabricó en Chile, conforme a los planos y licencias comprados a la empresa americana Lead Metal Technologies. Por motivo de seguridad, su operación corresponde a un proceso riguroso y estricto, ejecutado por expertos y bajo la vigilancia del supervisor de turno, cargo que servía el recurrido al momento de realizar las grabaciones. La puerta del horno sólo se debe abrir al momento de la carga (1 minuto). Expuso que el actor, en fechas indeterminadas del pasado año y aprovechando su condición de supervisor de turno, manipuló peligrosamente la operación para obtener fotos y videos. Concluyó, que si las condiciones de operación, al momento de grabar hubiesen sido como las que muestra en sus publicaciones el recurrido, debieron haber implementado las medidas correctivas y comunicado inmediatamente a su jefatura, en su calidad; en vez, grabó los videos señalados y calló la situación hasta ahora. El recurrido subió esas tomas a Facebook y otras redes sociales, y seguramente a otros sitios de Internet, para que fueran interpretadas como un actuar negligente e irresponsable de la Compañía, dañando la imagen de RECIMAT ante la comunidad. Las publicaciones, fotos y videos han generado una atendible preocupación entre los trabajadores de la empresa, impactando negativament

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Claudio Morales Fernández, en representación de Procesadora de Residuos Industriales Limitada o RECIMAT. Regístrese y comuníquese. Rol 908-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintiséis de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Claudio Morales Fernández, abogado, cédula de identidad N.º 7.850.402-1, quien en representación de Procesadora de Residuos Industriales Limitada o RECIMAT, Rut: 76.073.179-K, ambos domiciliados en Avda. Tabancura 1613, Oficina C-1302, Santiago, dedujo recurso de protección en contra de Milton Alejandro Vergara Pi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica