14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VALLEJOS BECERRA LUIS/ ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD

Rol

14227-2022

Fecha

23 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1º) Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º) Que el recurso de queja deducido por el abogado Rodrigo Bravo Castro impugna la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que, revocó la resolución de primer grado en cuanto rechazó la excepción dilatoria de corrección de procedimiento, y en su lugar, la acogió ordenando que para la consecución del proceso deberá acreditarse el hecho de haber sometido el asunto al trámite de mediación previa. 3º) Que de lo expuesto se desprende que la resolución atacada por la vía del recurso de queja no participa de la naturaleza jurídica de aquellas reseñadas en el motivo primero precedente, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Rodrigo Bravo Castro. Al primer otrosí: no ha lugar. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: estese a lo resuelto. Al cuarto otrosí: téngase presente Al escrito folio N° 34.721-2.022: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 14.227-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Rodrigo Bravo Castro. Al primer otrosí: no ha lugar. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: estese a lo resuelto. Al cuarto otrosí: téngase presente Al escrito folio N° 34.721-2.022: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 14.227-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintidós.- Visto y teniendo presente: 1º) Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º) Que

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