GÓMEZ/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Rol
Fecha
24 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Miguel Ángel Carreño Gallardo, abogado, en representación de don Claudio Fernando Gómez Pérez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca S.A, por el acto arbitrario e ilegal consiste en no otorgar cobertura a prestaciones médicas como consecuencia de un procedimiento quirúrgico, alegando una supuesta preexistencia no declarada, lo que importaría la vulneración de las garantías previstas en los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida otorgar la cobertura pactada en el contrato de salud y afiliación, bajo apercibimiento de desacato o lo que se resuelva con arreglo a derecho, todo con expresa condena en costas. Explica que su representado se encuentra afiliado a la Isapre recurrida desde el 26 de mayo del año 2021, bajo el contrato de salud cruzblanca on protección 52B, 221, 2ONP52B221, pagando una prima mensual de 6,6 unidades de fomento. Refiere que en abril del año 2022, consultó a un traumatólogo de la Clínica Indisa en atención a un intenso dolor lumbociatico al lado izquierdo que había comenzado a sufrir días previos a la consulta, ordenándose la realización de una serie de exámenes. Conforme lo anterior, se le indicó que era necesario practicar un procedimiento quirúrgico pues, padecía de una hernia núcleo pulposo, recibiendo un presupuesto de hospitalización con fecha 27 de mayo del año 2022. Sostiene que envió el presupuesto a la Isapre para que se pronunciara sobre el monto del dinero sujeto a cobertura. Con fecha 8 de junio del año 2022, recibió un correo electrónico de la Isapre, en el cual se detalla el presupuesto, honorario y bonos para llevar a cabo la prestación en Clínica Indisa. Hace presente que en ninguna parte de ese documento existió algún tipo de restricción al otorgamiento de la cobertura y, además, se dejó establecida por la recurrida una clara enumeración
Fundamentos
considerando la normativa legal, contractual y reglamentaria aplicable al efecto, y los antecedentes aportados. No es dable hablar de arbitrariedad cuando la decisión se ha tomado amparada en el contrato de salud y en la legislación vigente.
Fallo
por tanto, que se ordene a la recurrida que otorgue la cobertura pactada en el contrato de salud y afiliación, bajo apercibimiento de desacato o lo que se resuelva con distinto criterio, todo con expresa condena en costas; SEGUNDO: Que informa la Isapre Cruz Blanca S.A., solicitando el rechazo del recurso de protección, con costas. En primer lugar, sostiene que el recurso debe ser declarado inadmisible por extemporáneo, desde que la solicitud de bonificación fue respondida de manera negativa por carta de fecha 20 de julio del año 2022, por lo que, desde ese momento debe comenzar a computarse el plazo. Así, desde esa fecha y hasta el 8 de septiembre del año 2022, data de interposición del presente recurso, transcurrió el plazo de 30 días corridos que el legislador estableció para interponer la acción constitucional de protección. En segundo lugar, se refiere a la declaración de salud como método utilizado para evaluar el riesgo individual de salud del futuro cotizante y las consecuencia del incumplimiento de la obligación de proporcionar todos los antecedentes de salud en dicha declaración. Así, refiere que en caso de incumplimiento por parte del afiliado se le puede poner término al contrato de salud o se le puede negar la cobertura a ciertas prestaciones en caso de preexistencias. En este orden de ideas, explica que el actor suscribió y completó los datos en el documento denominado Declaración de Salud, el 10 de marzo de 2022. En dicho documento, negó toda enfermedad cons
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. A los escritos folios 23 y 24: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Miguel Ángel Carreño Gallardo, abogado, en representación de don Claudio Fernando Gómez Pérez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca S.A, por el acto arbitrario e ilegal consiste en no otor
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica