MP C/ CLAUDIO ALEXIS REBOLLEDO YANEZ
Rol
Fecha
24 de abril de 2023
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Con los
Fundamentos
fundamentos que constan en audio, se confirma la resolución de fecha veintiuno de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Décimo Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, agregando este tribunal, además de las medidas cautelares ordenadas, la medida cautelar dispuesta en el artículo 155, letra f) del Código Procesal Penal, consistente en que el imputado no podrá mantener ningún tipo de comunicación con la víctima, por cualquier medio. Devuélvase la competencia. Penal-1971-2023. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-1971-2023 Ruc: 2101024793-1 Rit : O-6834-2021 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Jessica De Lourdes González Troncoso, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé Relator: Carlos Ramírez Digitador (a)
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica