JUZGADO DE FAMILIA SAN FELIPE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Teniendo presente que no se acredito la carencia de bienes del alimentante y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 14.908, además de lo prescrito en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de fecha treinta de agosto de dos mil veintidós, dictada en los autos Rit N° C-406-2022 del Juzgado de Familia de San Felipe. Regístrese y comuníquese. N°Familia-1327-2022.

Fundamentos

considerando tercero y, en su lugar se reemplaza por “tuvo”. Visto: Teniendo presente que no se acredito la carencia de bienes del alimentante y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 14.908, además de lo prescrito en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de fecha treinta de agosto de dos mil veintidós, dictada en los autos Rit N° C-406-2022 del Juzgado de Familia de San Felipe. Regístrese y comuníquese. N°Familia-1327-2022.

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. Se sustituye la palabra “tubo” en el considerando tercero y, en su lugar se reemplaza por “tuvo”. Visto: Teniendo presente que no se acredito la carencia de bienes del alimentante y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 14.908, además de lo prescrito en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución

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