ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON SOC AUTOMOTRICES INTEGRALES Y LOGISTICOS SPA
Rol
P-1079-2021
Fecha
23 de febrero de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Primero: Que con fecha 26 de enero de 2022, la parte ejecutada, presenta escrito dando cuenta del pago de la deuda previsional de autos. Acompañando en dicha oportunidad certificados de pago de cotizaciones previsionales de PreviRed, correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril del año 2021, solicitando se deje sin efecto cualquier medida de apremio y se ordene el archivo de la presente causa, atendiendo que la deuda se encontraría totalmente pagada. Segundo: Que con fecha 31 de enero de 2022, se da traslado a la parte ejecutante. Tercero: Que mediante presentación de la ejecutante de fecha 03 de febrero de 2022 esta evacua el traslado conferido, solicitando que se rechace la incidencia de pago íntegro presentada por la ejecutada por carecer de
Fundamentos
fundamentos fácticos y jurídicos. Expone que la incidencia debe ser rechazada por cuanto se observa una mala fe de la ejecutada, quien acompaña documentación impertinente con el fin de confundir al tribunal, ya que los documentos no logran acreditar que se ha solucionado el pago íntegro de la deuda cobrada en autos como pretende sostener la ejecutada. Además agrega que muchos de los pagos se han realizado con posterioridad a la presente demanda. Cuarto: Que con fecha 09 de febrero de 2022, se recibe el incidente a prueba, fijándose como punto, el siguiente: “1º Efectividad de encontrarse pagados los periodos adeudados, para cada uno de los trabajadores señalados en el titulo ejecutivo, con sus respectivos reajustes e intereses; y fecha del pago, en caso de haberse efectuado.”. Quinto: Que para acreditar sus dichos la ejecutada acompaña 95 comprobantes de declaración y respectivo detalle de pago de cotizaciones previsionales extendidos por Previred. Dichos documentos dan cuenta del pago de cotizaciones previsionales efectuados por la empresa SOC AUTOMOTRICES INTEGRALES Y LOGISTICOS SPA, respecto de los meses Febrero, Marzo y Abril todos del 2021, de más de 50 trabajadores. Entre ellos, es posible verificar documentos cuyos trabajadores y periodos informados que no son parte de esta ejecución, por lo que aquellos se tendrán por desestimados. Sexto: Que, en este orden de cosas es menester determinar si efectivamente se acompañan los antecedentes escritos que den cuenta del pago Código: XSYZYFJJQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de las cotizaciones previsionales, en particular del Fondo de Cesantía, por los periodos y respecto de los trabajadores que efectivamente constan en el titulo ejecutivo que da origen a la presente causa. Del cotejo de los antecedentes con los documentos acompañados, es posible asentar la siguiente información sistematizada: Código: XSYZYFJJQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, de un exhaustivo análisis de los comprobantes de pago y el titulo ejecutivo acompañado por la ejecutante, se puede concluir que respecto del periodo febrero del 2021, no existe antecedente alguno que dé cuenta de pagos efectuados por la ejecutada respecto de los trabajadores Sofia Llancavil Ibarra, Víctor Berrios Ramírez, Cristian Diaz Bustos y Marcelo Contreras Rubilar. En cuanto a lo atingente al periodo marzo del 2021, el titulo consta de 24 trabajadores con cotizaciones previsionales impagas en dicho periodo. De los cuales la ejecutada acompaña comprobantes de pago respecto de 21 de los Código: XSYZYFJJQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl trabajadores allí individualizados, no pudiendo acreditar el pago respecto de los empleados Sofia Llancavil Ibarra, Cristopher Curilén Lobos y Ely Sánchez Ortega. Por último, revisado el periodo abril
Fallo
Se resuelve derechamente escrito que da cuenta de pago de fecha 26 de enero de 2022, como sigue: VISTOS: Primero: Que con fecha 26 de enero de 2022, la parte ejecutada, presenta escrito dando cuenta del pago de la deuda previsional de autos. Acompañando en dicha oportunidad certificados de pago de cotizaciones previsionales de PreviRed, correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril del año 2021, solicitando se deje sin efecto cualquier medida de apremio y se ordene el archivo de la presente causa, atendiendo que la deuda se encontraría totalmente pagada. Segundo: Que con fecha 31 de enero de 2022, se da traslado a la parte ejecutante. Tercero: Que mediante presentación de la ejecutante de fecha 03 de febrero de 2022 esta evacua el traslado conferido, solicitando que se rechace la incidencia de pago íntegro presentada por la ejecutada por carecer de fundamentos fácticos y jurídicos. Expone que la incidencia debe ser rechazada por cuanto se observa una mala fe de la ejecutada, quien acompaña documentación impertinente con el fin de confundir al tribunal, ya que los documentos no logran acreditar que se ha solucionado el pago íntegro de la deuda cobrada en autos como pretende sostener la ejecutada. Además agrega que muchos de los pagos se han realizado con posterioridad a la presente demanda. Cuarto: Que con fecha 09 de febrero de 2022, se recibe el incidente a prueba, fijándose como punto, el siguiente: “1º Efectividad de encontrarse pagados los periodos adeudados,
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Puente Alto, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. Se resuelve derechamente escrito que da cuenta de pago de fecha 26 de enero de 2022, como sigue: VISTOS: Primero: Que con fecha 26 de enero de 2022, la parte ejecutada, presenta escrito dando cuenta del pago de la deuda previsional de autos. Acompañando en dicha oportunidad certificados de pago de cotizaciones previsionales de PreviRed, cor
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