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SAROVIO MINCHOLA ROMEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece el abogado Claudio Chamorro Olguín, en favor de Romel Sarovio Minchola, por quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haberse decretado el abandono y/o expulsión del territorio nacional. Sostiene, en síntesis, que su representado vive en el país hace aproximadamente 20 años, con intenciones de mejorar su calidad de vida y de su familia, conformada por dos hijos menores de edad, nacidos el año 2006 y 2009 respectivamente y su cónyuge de nacionalidad chilena con quien contrajo matrimonio el 10 de diciembre de 2021. Indica que el amparado fue condenado el año 2005 por el Juzgado de Garantia de Arica, por el delito de usurpación de nombre, a una multa de 2 unidades tributarias mensuales, pena que se encuentra cumplida; adicionalmente, fue condenado el año 2014, por el Juzgado de Garantia de Iquique, por el delito de conducción sin la licencia debida, a la pena de 61 días, la cual fue sustituida por reclusión parcial nocturna, la que se encuentra cumplida; y finalmente, fue condenado en el año 2021, por el Juzgado de Garantia de Iquique, por el delito de Conducción sin la licencia debida, a la pena de 61 días la cual fue sustituida por reclusión parcial nocturna, la que se encuentra cumplida. Agrega que desde aquellos hechos, el actor se encuentra con un trabajo estable, siendo el único sostén económico tanto de su cónyuge como de sus hijos. Señala que ya asentado en Chile, y habiendo formado una familia, decide acogerse al trámite especial de regularización migratoria, la cual fue declarada admisible por la autoridad, otorgándosele un permiso de trabajo mientras la postulación se encuentre en trámite. Alega que a pesar de lo anterior, el 3 de abril de 2023, según consta en resolución exenta N° 23095672, del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó su solicitud de regularización, bajo el fundamento: “Presenta Antecedentes negativos en Chile y se dispuso que debía abandonar el país en un plazo de 5 días

Fundamentos

considerando que todas las actuaciones precedentemente señaladas fueron llevadas a cabo por la autoridad según las normas especiales del procedimiento de marras, como son la Ley N°21.325, la Resolución Exenta N°1769, de fecha 20 de abril de 2021, el Decreto Ley N°1.094 y el Decreto Supremo N°597. Acompañó documentos para atestiguar sobre sus planteamientos. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República prevé que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, en síntesis, el recurrente reclama en contra de la Resolución Exenta N° 23095672, de fecha 3 de abril de 2023, que rechazó su solicitud de regularización migratoria, peticionada en virtud de lo establecido en el artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.325, disponiendo además su abandono del país. A su vez, la recurrida expone que lo resuelto se fundó en no haber cumplido con los requisitos establecidos en la norma legal citada, al contar con antecedentes penales en Chile. TERCERO: Que según los antecedentes allegados al recurso, la situación fáctica respecto del amparado es la siguiente: 1.- Que mediante la Resolución Exenta N° 21067809, de fecha 13 de junio de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se acogió a trámite la solicitud de regularización migratoria presentada por el actor. 2.- Que el actor registra tres condenas, la primera del año 2005, dictada por el Juzgado de Garantia de Arica, por el delito de usurpación de nombre, siendo sancionado con una pena de multa de 2 unidades tributarias mensuales, pena que se encuentra cumplida; la segunda condena del año 2014, pronunciada por el Juzgado de Garantia de Iquique, por el delito de conducción sin la licencia debida, siendo sancionado con la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la cual fue sustituida por reclusión parcial nocturna, la que se encuentra cumplida; y finalmente, una condena del año 2021, dictada por el Juzgado de Garantia de Iquique, por el delito de conducción sin la licencia debida, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la cual fue sustituida por reclusión parcial nocturna, que también se encuentra cumplida. 3.- Que mediante la Resolución Exenta N° 23095672, de fecha 3 de abril de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó la soli

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Romel Sarovio Minchola. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° Amparo-83-2023.

Texto Completo (Preview)

Iquique, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. VISTO: Comparece el abogado Claudio Chamorro Olguín, en favor de Romel Sarovio Minchola, por quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haberse decretado el abandono y/o expulsión del territorio nacional. Sostiene, en síntesis, que su representado vive en el país hace aproximadamente 20 años, con inte

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