SIN INFORMACION

ANGELINA DEL CARMEN MUÑOZ MALDONADO/CARABINEROS DE CHILE Y POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Óscar Álvarez Suárez quien interpone recurso de amparo en favor de Angelina Muñoz Maldonado, cédula de identidad N°13.833.993-9, domiciliada en calle Arturo Prat N°1281 comuna de Puente Alto, en contra de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile. Explica que interpone recurso de amparo preventivo, atendido que su representada supuestamente se encontraría con una orden de detención vigente emanada de un juzgado de garantía de la jurisdicción de esta Corte, razón por la cual está siendo intensamente buscada por las policías a objeto de logar su detención, no pudiendo tomar pleno y cabal conocimiento del origen de dicha orden, la efectividad de la misma y el tribunal preciso que la pronunció y, menos aún, el motivo de la misma. Señala que lo anterior le impide ejercer la debida protección de los derechos de su representada, por cuanto le resulta imposible conducirla al tribunal respectivo en forma voluntaria para tomar cabal conocimiento de los

Fundamentos

motivos de la orden de detención. Agrega que la recurrida permanece en la incertidumbre jurídica y sufre perturbación en el legítimo ejercicio de su derecho a la integridad física y psíquica, que la Constitución Política de la Republica asegura a toda persona en el artículo 19 Nº1 del referido cuerpo legal. Pide que el presente recurso sea acogido en todas sus partes, adoptando las medidas necesarias, para restablecer el imperio del derecho, y asegurar la debida protección de la amparada. Segundo: Que, informa al tenor del recurso, Rodrigo Batek León, Teniente Coronal de Carabineros, Jefe de Asesoría Jurídica, Zona Metropolitana de Carabineros. Indica que, consultadas las zonas dependientes de la Zona Metropolitana de Carabineros y departamentos que realizan servicios policiales, éstos manifestaron no haber adoptado procedimiento policial alguno respecto de la amparada Muñoz Maldonado, como asimismo no mantiene mandato del Ministerio Público, orden o resolución que le afecte. Tercero: Que, a continuación, informa al tenor del recurso, Claudio Vargas Eggers, Subprefecto, Jefe de Departamento de Asesoría Técnica de la Policía de Investigaciones de Chile. Indica que, efectuadas las consultas en el sistema computacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, se estableció que la identidad de la amparada corresponde a la consignada en el recurso, registrando como domicilio Arturo Prat N°1281, Villa Venezuela, comuna de Puente Alto. Agrega que, revisado el sistema de Gestión Policial Institucional, Muñoz Maldonado no registra orden de aprehensión, arraigo ni arresto vigente en su contra. Cuarto: Que el recurso de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Quinto: Que, en la especie, el recurrente acusa la ilegalidad del actuar de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile, por una supuesta búsqueda de su representada por una orden de detención vigente. Sexto: Que para que la acción constitucional en estudio pueda prosperar, se requiere la existencia de una vía de hecho o un acto contrario al ordenamiento jurídico que perturbe o comprometa la libertad personal o la seguridad individual de la persona en cuyo favor se interpone. Por consiguiente, el recurso de amparo está llamado a regir en caso de verificarse un acto abiertamente ilegal, proveniente de un órgano incompetente o que carezca de las formalidades previstas en la ley. Con arreglo a lo consagrado en el artículo 21 de la Carta Fundamental, de constatarse alguna de las hipótesis, la sentencia que resuelva el recurso estará dirigida a recupera

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Angelina Muñoz Maldonado, en contra de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Nº205-2023 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Óscar Álvarez Suárez quien interpone recurso de amparo en favor de Angelina Muñoz Maldonado, cédula de identidad N°13.833.993-9, domiciliada en calle Arturo Prat N°1281 comuna de Puente Alto, en contra de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile. Explica

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