SIN INFORMACION

HOLMBERG/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.

Rol

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos autos Rol Ingreso 117-2022, compareció Hagen Rudolff Holmberg Weinert interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra de Promotora CMR Falabella S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en haber procedido al llenado y suscripción de un pagaré por una deuda inexistente, y a la vez, anunciar el ejercicio acciones de cobro, amenazando, perturbando y privando sus garantías constitucionales reconocidas en los numerales 2°, 3° inciso 5°, 21° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. En virtud de ello, solicita que acogiendo el presente recurso, esta Corte ordene a la recurrida eliminar del sistema financiero, en forma permanente, la información sobre una supuesta deuda, que al 10 de noviembre de 2021 ascendía a $198.163.274 y, por consiguiente, se abstenga de cobrar el pagaré N° 01820885, suscrito en esta ciudad en la fecha antes referida; debiendo, asimismo, inhibirse de ejecutar cualquier acción que implique informar a la Comisión para el Mercado Financiero u otras instituciones públicas o privadas sobre la aludida deuda, sin perjuicio de otras medidas de protección que puedan adoptarse, con costas. Fundamentando su pretensión, expone que el 29 de diciembre de 2021 recibió una carta de la recurrida, fechada el 10 de noviembre de ese año, informándole que había procedido a suscribir, fechar y llenar un pagaré, en su nombre y representación, en la ciudad de Santiago, signado con el número 01820885, en virtud de un mandato anterior otorgado a la misma al momento de adscribir una tarjeta de crédito promocionada por ella. Dicho instrumento fue llenado por una supuesta deuda ascendente a $ 198.163.274, con el objeto -según se anuncia- de iniciar en su contra las acciones judiciales de cobro. Asevera que la deuda en cuestión no existente, poniendo de relieve el perjuicio que ello le ha ocasionado con otras instituciones de crédito, en razón de que esa supuesta obligación ha sido informada a la Comis

Fundamentos

fundamentos y el petitorio de este nuevo arbitrio, no son congruentes con lo resuelto y el marco legal citado, porque ese no fue el criterio utilizado por el

Fallo

fallo en cuestión. Por otra parte, el recurrente ha señalado falsamente que la fecha del pagaré sería la oportunidad en que tomó conocimiento de los hechos que fundan el presente recurso, que en realidad no es más que una reiteración de la acción anterior, omitiendo antecedentes y piezas relevantes de ese proceso, atendido que la propia Corte de Concepción determinó que aquella no era la vía idónea, más cuando en la actualidad existe un juicio ejecutivo, en el que la contraria opuso excepciones, tramitado ante el 1° Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-209-2022, caratulado “Promotora CMR Falabella S.A. con Holmberg”. Refiere que con posterioridad a la acción de protección interpuesta en Concepción, lo adeudado se incrementó debido a otros cargos, especialmente por intereses moratorios, razón por la que aceleró la deuda, lo que fue informado al actor en los estados de cuenta, tal como consta en la liquidación de deuda acompañada por la contraria que data del 21 de septiembre de 2021. Invoca la excepción de cosa juzgada, pues en el actual proceso se persigue discutir lo mismo que ya fue resuelto, esto es, la eliminación de la información de morosidad del sistema financiero. También esgrime la inexistencia de hechos y derechos que tengan el carácter indubitado, dado que los mismos también se discuten en el juicio ejecutivo al que se hizo alusión. Arguye que el recurso, además, se interpuso en forma extemporánea, por cuanto la suscripción del pagaré no es un acto

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Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. VISTO: En estos autos Rol Ingreso 117-2022, compareció Hagen Rudolff Holmberg Weinert interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra de Promotora CMR Falabella S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en haber procedido al llenado y suscripción de un pagaré por una deuda inexistente, y a la vez, anunciar e

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