M.P C/ EDUARD JESUS GUEVARA OCHOA
Rol
Fecha
22 de abril de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que con lo expuesto en la audiencia, aparecen justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los imputados, y sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido lo dispuesto en la letra c) de esta norma,
Fundamentos
considerando la naturaleza del ilícito y la circunstancia de registrar los encausados otras causas vigentes, lo que torna insuficientes las restantes cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos previstos en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución de quince de abril del año en curso, pronunciada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó a prisión preventiva a los imputados Eduard Jesús Guevara Ochoa y Winston Everett Pardo Montilla. Devuélvase. N° 1111-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de abril de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 1111-2023 Penal Ruc: 2300405561-6 RIT: 1105-2023 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros Ana Cienfuegos Barros, Adriana Sottovia Giménez y Celia Catalán Romero. Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: María José Cuevas Villalobos Fiscal: María Constanza Ugalde Ponce Defensa: Andr
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