CONSTRUCTORA INGEVEC S.A. CON MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.
Rol
134611-2020
Fecha
16 de mayo de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, en estos autos seguidos ante esta Corte bajo el Rol N° 134.611-2020, por cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, la demandante, Constructora Ingevec S.A., deduce recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto por la demandante en contra de la sentencia de primer grado que acogió parcialmente la demanda subsidiaria de indemnización de perjuicios interpuesta contra el Fisco, confirmándola con declaración.
Fundamentos
Considerando: I. En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Que, el arbitrio de nulidad formal sostiene que la sentencia impugnada ha incurrido en la causal prevista en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 Nº4 del mismo cuerpo normativo. Al respecto, explica que el recurso de apelación que interpuso respecto del
Fallo
fallo de primer grado, con el fin de que se aumentara la indemnización reconocida, se fundó, principalmente: 1.- en exclusión indebida de los costos de obras extraordinarias o adicionales; 2.- en la no inclusión en lo dispositivo del fallo de aquellas indemnizaciones que se concedieron en la parte considerativa; 3.- en considerar dentro de la avaluación de los perjuicios, conceptos que dicen relación con la necesidad de destinar mayores recursos para ejecutar las obras extraordinarias o adicionales; y 4.- los perjuicios por los mayores gastos soportados por Ingevec, como consecuencia de la mayor extensión de las obras y que la sentencia de primera instancia no concedió por no tratarse de costos de obras extraordinarias o adicionales. Afirma que los jueces de alzada sólo se pronunciaron respecto del primer ítem; en relación al segundo capítulo, dice que la sentencia lo incorpora en la parte dispositiva, dejando de pronunciarse respecto a los dos ítems, configurándose así la causal que invoca al vulnerar el principio de congruencia procesal, recibiendo en definitiva una indemnización menor de la que en derecho le correspondía, razón por la que solicita se acoja este arbitrio y, en su mérito, se aumente dicha indemnización en la forma que indica en el cuerpo de su escrito. Segundo: Que, respecto del vicio aludido, consta que en el considerando décimo sexto de la sentencia en alzada se expresa la imposibilidad de que en la sentencia definitiva se contengan decisiones sobre otro
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PAGE 1 Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que, en estos autos seguidos ante esta Corte bajo el Rol N° 134.611-2020, por cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, la demandante, Constructora Ingevec S.A., deduce recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que rechazó el re
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