MUÑOZ MUÑOZ CON CON QUIMICA E INDUSTRIAL DEL BORAX LTDA
Rol
13288-2022
Fecha
16 de mayo de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
ACOGIDO RECURSO DE RECUSACIÓN
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada doña Rose Marie Urzua Ramos, por el recurrente, don Amadiel Muñoz, en causa ingreso corte N°39-22, nulidad laboral en causa RIT O-14-22, caratulada “Muñoz Muñoz con Química e Industrial del Borax Ltda.”, deduce incidente especial de recusación respecto de los Ministros de la Corte de Apelaciones de Arica, Sr. Marcelo Urzua Pacheco, Sra. María Quiroz Fuenzalida y Sr. Pablo Zavala Fernández, fundado en la causal prevista en el numeral 15 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, además del numeral 4°, de la misma disposición legal, en el caso de la ministra Sra. Quiroz. Segundo: Que la recusación cuya declaración de esta Corte pretende la incidentista, aparece fundamentada en la relación que tendrían los jueces recusados y la parte demandada, que fue puesta en conocimiento por los ministros con fecha dos de mayo del año en curso. Tercero: Que las causales de inhabilidad establecidas en la ley, sea como implicancias o recusaciones, tienen como objeto el resguardo del principio de la imparcialidad que siempre, y en los casos que a los jueces les toca resolver, deben observar en el ejercicio de la jurisdicción. Pues bien, aquéllas apuntan a controlar los móviles del juez frente a influencias extrañas al Derecho y antecedentes provenientes del proceso, lográndose el objetivo en tanto el juez, de oficio o a petición de parte, se abstenga de conocer y resolver aquellos casos en que concurran los presupuestos que configuran dichas inhabilidades. En tal evento, verán los justiciables satisfecho y cumplido el principio de imparcialidad del juez frente a las partes como al objeto del proceso, asegurándose con ello que el caso de que se trate habrá de resolverse sólo y desde el Derecho, y especialmente, con obediencia a éste. Cuarto: Que, con el mérito de lo expuesto, y atenta la certificación referida y lo prevenido en el artículo 119 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, corresponde acoger la causal d
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se acoge la solicitud de recusación presentada por la abogada doña Rose Marie Urzua Ramos respecto de los Ministros de la Corte de Apelaciones de Arica, Sr. Marcelo Urzua Pacheco, Sra. María Quiroz Fuenzalida y Sr. Pablo Zavala Fernández, y en consecuencia se declara que quedan impedidos de entrar al conocimiento de la causa caratulada “Muñoz Muñoz con Química e Industrial del Borax Ltda”, ingreso Corte de Apelaciones de Arica Nº 39-22, Laboral-Cobranza. Cúmplase con la transcripción que dispone el artículo 126 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil. Regístrese y archívese. Nº 13.288-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada doña Rose Marie Urzua Ramos, por el recurrente, don Amadiel Muñoz, en causa ingreso corte N°39-22, nulidad laboral en causa RIT O-14-22, caratulada “Muñoz Muñoz con Química e Industrial del Borax Ltda.”, deduce incidente especial de recusación respecto de los Ministros de la Corte de Apelaciones
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