TORRES LEONETT KIMBERLY VANESSA CONTRA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
13957-2022
Fecha
13 de mayo de 2022
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproducen los
Fundamentos
motivos 1° a 5° de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que como informa el Servicio Nacional de Migraciones, si bien la amparada ha permanecido por más de dos años en el extranjero de forma ininterrumpida desde septiembre de 2019, a contar de la fecha de la resolución que otorga la permanencia definitiva, esto es, junio de 2020, no han transcurrido más de dos años, lo que obsta a considerar, conforme a la legislación de la especialidad en actual vigencia, tácitamente revocado dicho permiso y, concordantemente, agrega que no se ha dictado ningún acto administrativo que constate la revocación tácita de la permanencia definitiva y tampoco se ha incluido nada al respecto en el Registro Nacional de Extranjeros, y menos aún, existe oficio alguno de ese Servicio dirigido a la Policía de Investigaciones de Chile. 2°) Que atendido lo informado por la autoridad competente no existe impedimento alguno que obste el ingreso regular de la amparada al territorio nacional y, al habérsele impedido ello, afecta su libertad ambulatoria, por lo que se adoptarán las medidas necesarias para impedir su reiteración. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de cuatro de mayo dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1028-22 y, en su lugar,
Fallo
se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta en favor de Kimberly Vanessa Torres Leonett, sólo en cuanto se declara que no existe actualmente impedimento legal para permitir el ingreso de la amparada al territorio nacional, al contar con un permiso de permanencia definitiva vigente al día de hoy. Regístrese y devuélvase. Rol N° 13.957-22
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de mayo de dos mil veintidós. A los escritos folios 33135-2022, 33136-2022 y 33149-2022: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproducen los motivos 1° a 5° de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que como informa el Servicio Nacional de Migraciones, si bien la amparada ha permanecido por más de dos años en el extranjero de forma inint
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