JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ JUAN EDUARDO ESPEJO MARTINEZ

Rol

Fecha

21 de abril de 2023

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el que se ha formalizado la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la ofendida y de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad del ilícito, la pena asignada al mismo y el bien jurídico protegido de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de abril del año dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto que mantuvo la prisión preventiva del imputado Juan Eduardo Espejo Martínez. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 1093-2023 Penal.

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Fecha: veintiuno de abril de dos mil veintitrés. Quinta Sala Rol Corte: 1093-2023 RUC: 2200221096-0 RIT: 4674-2022 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Florencia Sáez Bugmann Defensor: Constanza Edith Ramírez Navarro Ministerio Público: Paul Saint – Jean Provis Imputado: Juan Eduardo Espejo Martínez Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Delito: Femicidio íntimo. Escritos p

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