SALAZAR/SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra para interponer acción constitucional de protección en favor de Ana José Del Carmen Salazar Bolívar, nacional de Venezuela, ambos con domicilio para estos efectos en Varas Mena N°865, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, legalmente representado por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental. Indica que el 5 de febrero de 2021, la recurrente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva respecto del cual la autoridad migratoria no se ha pronunciado ni ha liberado la orden de pago correspondiente. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880, que consagran los principios de celeridad e impulso de oficio por parte de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida se pronuncie sobre la solicitud planteada en un plazo no superior a 30 días, adoptando las medidas pertinentes para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que comparece el abogado Javier Muñoz Reyes, evacuando el informe respectivo y solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que la recurrente el 5 de febrero de 2021 solicitó la visa de permanencia definitiva, cuya tramitación se encuentra en estado de Evaluación Intermedia, según Resolución Exenta N° 21405683 de 9 de diciembre de 2021. Señala que el artículo 38 de la Ley N°21.325 establece expresamente que todos los extranjeros que ostenten un certificado de residencia en trámite
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Ana José Del Carmen Salazar Bolívar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá dictar la resolución correspondiente, previa verificación de la identidad del recurrente y requisitos pertinentes que deban concurrir al caso, en el plazo de treinta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°32245 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra para interponer acción constitucional de protección en favor de Ana José Del Carmen Salazar Bolívar, nacional de Venezuela, ambos con domicilio para estos efectos en Varas Mena N°865, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, l
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