KAREN EDELMIRA CARTES GUERRERO Y OTRO CON FELIPE JAVIER BASCUR INFANTE Y OTRO
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: 1.- Que, por resolución de 28 de diciembre de 2022, el Segundo Juzgado de Letras de Coronel en causa rol C-132-2022, desestimó los incidentes de nulidad planteados por el abogado del demandado Bascur Infante; así, en relación a la falta de emplazamiento, se rechazó por no haberse rendido prueba en torno a la fecha en que se tomó conocimiento de la demanda; respecto al cuestionamiento a la notificación de la demanda, porque la omisión de datos en la misma no destruye la presunción de veracidad de la actuación realizada por el ministro de fe; y, en referencia a la ausencia de mediación obligatoria, sostuvo que no acarreaba perjuicio ni indefensión al incidentista. 2.- Que el incidentista recurrió de apelación, pidiendo “tener por interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 28 de diciembre de 2022 que falló rechazando los incidentes de nulidad interpuestos por esa parte, en especial, el incidente de nulidad por falta de mediación deducido en el segundo otrosí con fecha 1 de julio de 2022, concederlo para ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, para que ésta, conociendo del recurso, revoque la referida resolución y en su lugar se acoja el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de mediación, por las razones que allí se indicaron”; en el cuerpo de su recurso se refiere únicamente a la omisión del proceso de mediación obligatorio para los prestadores públicos y sus funcionarios al tenor de lo dispuesto en la Ley 19.966. 3.- Que, como es fácil de observar la enmienda que se pretende al tenor de lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, dice únicamente relación con la falta de mediación obligatoria respecto del incidentista. 4.- Que, efectivamente el artículo 43 de la Ley 19.966 inserto en el Párrafo “De la Mediación”, dispone que “El ejercicio de las acciones jurisdiccionales contra los prestadores institucionales públicos que forman las redes asistenciales definidas por el artículo 16 bis del
Fallo
Por estas reflexiones, citas legales, se confirma, sin costas, la resolución de veintiocho de diciembre de dos mil veintidós dictada en causa rol C-132-2022 del ingreso del Segundo Juzgado de Letras de Coronel. Devuélvase en su oportunidad. No firma la ministra suplente señora Margarita Sanhueza Núñez, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por encontrarse haciendo uso de feriado legal. Rol 255-2023 Civil.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veinte de abril de dos mil veintitrés VISTO: 1.- Que, por resolución de 28 de diciembre de 2022, el Segundo Juzgado de Letras de Coronel en causa rol C-132-2022, desestimó los incidentes de nulidad planteados por el abogado del demandado Bascur Infante; así, en relación a la falta de emplazamiento, se rechazó por no haberse rendido prueba en torno a la fecha en que s
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