MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO IGNACIO MANSILLA SANTANA
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, teniendo presente que, por ahora, aparecen justificadas las exigencias establecidas en el artículo 140 letras a) y b), del Código Procesal Penal y, estimándose que existen antecedentes calificados que permiten al tribunal considerar que la internación provisoria del adolescente imputado, es indispensable para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad del delito, el carácter del mismo y las circunstancias de su comisión y, teniendo presente que los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del Código Procesal Penal, no pueden ser alcanzados mediante la aplicación de las demás cautelares personales, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32, de la Ley 20.084, SE CONFIRMA la resolución apelada de catorce de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, en cuanto por ella se decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado de iniciales P.I.M.S. Comuníquese y devuélvanse. Rol N° 84-2023 (Penal)
Texto Completo (Preview)
En Coyhaique, a veinte de abril del año dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, teniendo presente que, por ahora, aparecen justificadas las exigencias establecidas en el artículo 140 letras a) y b), del Código Procesal Penal y, estimándose que existen antecedentes calificados que permiten al tribunal considerar qu
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