COMUNIDAD PARQUE ALTO BARNECHEA/
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
INFRACCIÓN REGLAMENTOS DE COPROPIEDADES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el artículo 21 de la ley 19.537 vigente a la época de interposición de la denuncia establece la obligación de rendir cuenta, por parte del administrador, entre otras situaciones, al término de su gestión, obligación que se reitera en el artículo 21 de la ley 21.442 que derogó el cuerpo legal ya mencionado. Por otro lado, el artículo 33 del primer texto referido otorga el conocimiento de este tipo de contiendas a los Juzgados de Policía Local, por lo que el tribunal de primer grado es el competente para conocer de la denuncia deducida en estos antecedentes. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca la resolución apelada de veinticinco de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el 1°Juzgado de Policía Local de Lo Barnechea y en su lugar se declara que el tribunal a quo es competente para conocer de la denuncia interpuesta y deberá continuar con la tramitación de estos autos. Devuélvase. N° 1518-2021 Policía Local.
Fallo
se declara que el tribunal a quo es competente para conocer de la denuncia interpuesta y deberá continuar con la tramitación de estos autos. Devuélvase. N° 1518-2021 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Ana Mandiola por el recurso. Santiago, 20 de abril de 2023. Santiago, veinte de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 7: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el artículo 21 de la ley 19.537 vigente a la época de interposición de la denuncia establece la obligación de rendir cue
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