2º JUZGADO DE LETRAS DE CALAMA

CAPITAL EXPRESS SERVICIOS FINANCIEROS S.A./FUNDACI

Rol

9245-2022

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de factura seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Calama bajo el Rol C-1027-2020, caratulado “Capital Express Servicios Financieros S.A. con Fundación de Cultura y Turismo de San Pedro de Atacama”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de quince de septiembre de dos mil veintiuno, por el cual rechazó, entre otras, la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, con costas. Segundo: Que el recurrente expresa que el fallo cuestionado infringe los artículos 5 y 10 de la Ley N°19.983 y, 2514 del Código Civil, al rechazar la excepción de prescripción opuesta, a pesar que consta que la acción se encuentra prescrita, por cuanto se hizo exigible la obligación el 28 de marzo de 2020 y se notificó la gestión preparatoria el 9 de junio de 2021, esto es, transcurrido el año que exige la ley, no siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N°21.226. Finaliza pidiendo que se invalide la sentencia recurrida y dicte una de reemplazo que acoja la excepción de prescripción extintiva y, en consecuencia, rechace la demanda ejecutiva. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de la excepción de prescripción, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. En este cas

Fallo

fallo de primer grado de quince de septiembre de dos mil veintiuno, por el cual rechazó, entre otras, la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, con costas. Segundo: Que el recurrente expresa que el fallo cuestionado infringe los artículos 5 y 10 de la Ley N°19.983 y, 2514 del Código Civil, al rechazar la excepción de prescripción opuesta, a pesar que consta que la acción se encuentra prescrita, por cuanto se hizo exigible la obligación el 28 de marzo de 2020 y se notificó la gestión preparatoria el 9 de junio de 2021, esto es, transcurrido el año que exige la ley, no siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N°21.226. Finaliza pidiendo que se invalide la sentencia recurrida y dicte una de reemplazo que acoja la excepción de prescripción extintiva y, en consecuencia, rechace la demanda ejecutiva. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de la excepción de prescripción, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. En este caso, el artículo 464 numeral 17° del Código

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de factura seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Calama bajo el Rol C-1027-2020, caratulado “Capital Express Servicios Financieros S.A. con Fundación de Cultura y Turismo de San Pedro de Atacama”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casació

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica