MP C/ DIEGO ARMANDO MORALES PEREZ
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
CONDUCCION SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 196 D LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: 1.- Que, en primer lugar, cabe señalar que es el Código Procesal Penal el que define, en su artículo 140, cuales son los requisitos que deben cumplirse para decretar la prisión preventiva de un imputado, una vez que el Ministerio Público ha formalizado la investigación. 2.- Que, en este contexto, es del caso precisar que, en cuanto a la necesidad de cautela que justifica la prisión preventiva, la letra c) del citado artículo, exige que existan “antecedentes calificados que permitieren al tribunal considerar que la prisión preventiva es indispensable para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación, o que la libertad del imputado es peligrosa para la seguridad de la sociedad o del ofendido, o que existe peligro de que el imputado se dé a la fuga, conforme a las disposiciones de los incisos siguientes”. 3.- Que, conforme a lo anterior, las circunstancias invocadas por el Ministerio Público para solicitar la prisión preventiva, relativas al hecho de que el extranjero carece de RUN provisorio en el país y que se encuentra de manera irregular, no son suficientes por sí solas para sustentar la medida cautelar más gravosa, por cuanto en este caso no estamos frente a un extranjero indocumentado, sino a uno de nacionalidad colombiana que posee pasaporte de su país de origen y que ingresó al país en forma regular como turista el 10 de diciembre de 2022, quien además señala contar con un domicilio conocido en la comuna de Rancagua. 4.- Que, en este contexto, la sola circunstancia que el extranjero carezca de RUN provisorio y que su visa de turista se encuentre vencida, no dan cuenta de un peligro de fuga que justifique la prisión preventiva, menos aún si el imputado ha sido requerido por un delito de menor gravedad, cual es el previsto en el artículo 194 de la Ley de Tránsito, cuya pena es la de presidio menor en su grado mínimo a medio, escenario en el que la cautelar solicitada por el Ministerio Público resulta
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, veinte de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo, además, presente: 1.- Que, en primer lugar, cabe señalar que es el Código Procesal Penal el que define, en su artículo 140, cuales son los requisitos que deben cumplirse para decretar la prisión preventiva de un imputado, una vez que el Ministerio Público ha formalizado la investigación. 2.- Que, en este conte
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica