1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

BICE FACTORING S.A./FISCO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

7296-2022

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Temuco, bajo el Rol C-1546-2020, caratulado “Bice Factoring S.A. con Fisco de Chile – Consejo de Defensa del Estado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco de fecha siete de febrero de dos mil veintidós, que confirmó la resolución de primera instancia de veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que el recurrente expresa que la decisión de los sentenciadores de declarar abandonado el procedimiento ha infringido los artículos 152 del Código de Procedimiento Civil, 6 y 12 de la Ley N°21.226, 19 al 24 del Código Civil, toda vez que consideraron erróneamente que en la especie concurrían los requisitos para declarar el abandono del procedimiento, únicamente en atención a la fecha en que se dictó la resolución que recibió la causa a prueba, sin considerar que el juicio estaba suspendido por la entrada en vigencia de la Ley N°21.226. Finaliza pidiendo que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace el incidente de abandono del procedimiento. Tercero: Que en la sentencia cuestionada se acogió el incidente de abandono del procedimiento, teniendo en consideración que “se recibió la causa a prueba el 23 de julio de 2020, y fue notificada a todas las partes del juicio el 21 de octubre de 2021; no operó la suspensión del término probatorio conforme lo dispuesto en la Ley 21.226, por no encontrarse iniciado, siendo inaplicable para el caso, el artículo 12 de la mencionada ley.” Cuarto: Que de conformidad con lo reseñado en el motivo que precede, previo examen de las actuaciones, presentaciones y resoluciones verificadas en el proceso durante el período pertinente, es posible concluir que desde e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Enrique Ruiz Tagle Metzner, en representación de la parte demandante, en contra de sentencia de siete de febrero de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°7.296-2022.-

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Santiago, diez de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Temuco, bajo el Rol C-1546-2020, caratulado “Bice Factoring S.A. con Fisco de Chile – Consejo de Defensa del Estado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la par

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