MP C/ YANINA FERNANDA GUTIÉRREZ OLAVE Y OTRO
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos vertidos por el Juez a quo, que esta Corte hace suyos y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecinueve de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Quintero, que no accede a la solicitud del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Yanina Fernanda Gutiérrez Olave y Tomás Alejandro Díaz Huerta. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Eduardo Morales Espinosa, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada, respecto de la imputada Yanina Fernanda Gutiérrez Olave, decretando la prisión preventiva de esta por cuanto, a su juicio, de los antecedentes expuestos en la audiencia de control de detención, queda suficientemente acreditado el concierto previo alegado por el Ministerio Público, y por ende, la autoría de la imputada, de acuerdo a lo señalado en el artículo 15 N°3 del Código Penal, en relación al delito de homicidio frustrado, y como consecuencia de ello, teniendo presente la gravedad del señalado delito, y los antecedentes penales pretéritos de la imputada, se configura la hipótesis de peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente la medida cautelar de prisión preventiva. Dése inmediata orden de libertad a los imputados, si no estuviesen privados de ella por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-893-2023. –
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veinte de abril de dos mil veintitrés, a las 09:38 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya e integrada por el Ministro Suplente Sr. Germán Núñez Romero y por el Abogado Integrante Sr. Eduardo Morales Espinosa, para la vista del recurso de ape
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica