C.A. de Valdivia

CORPORACION EDUCACIONAL PRODEDUC/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION

Rol

12783-2022

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDO RECURSO DE HECHO Y AGREGUESE COPIA DIGITALIZADA EN AUTOS QUE INDICA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol Corte Suprema N° 12.783-2021, compareció el abogado don Marcial Cofré Monsalve, quien dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha veintinueve de abril último, que declaró inadmisible por extemporánea la apelación deducida por la Superintendencia de Educación, en contra de la sentencia que acogió parcialmente el reclamo de ilegalidad interpuesto en su contra, por la Corporación Educacional Prodeduc. Segundo: Que el último inciso del artículo 85 de la Ley N°20.529 dispone: “La Corte dictará sentencia dentro del término de quince días, la cual podrá ser apelada ante la Corte Suprema dentro del plazo de diez días hábiles, la que resolverá en cuenta”. A su vez, el artículo 114 establece: “Los plazos de días establecidos en esta ley son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos”. Tercero: Que habiendo sido notificada la sentencia a través del estado diario del día once de abril de dos mil veintidós, como consta de los antecedentes tenidos a la vista, el recurso interpuesto el veintiséis del mismo mes y año, lo fue dentro del plazo establecido al efecto en las normas legales citadas. Cuarto: Que, por todo lo anteriormente expuesto, el recurso de hecho debe ser acogido, según se dirá a continuación. Y de conformidad, asimismo, con lo que disponen los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara que se acoge el recurso de hecho deducido por la Superintendencia de Educación, en contra de la resolución de veintinueve de abril último, dictada en autos sobre reclamo de ilegalidad caratulados “Corporación Educacional Prodeduc con Superintendencia de Educación”, Rol N°15-2021 de la Corte de Apelaciones de Valdivia y, en consecuencia, se declara admisible el recurso de apelación deducido por la parte reclamada en contra de la sentencia de once de abril de dos mil veintidós. Encontrándos

Fallo

se declara que se acoge el recurso de hecho deducido por la Superintendencia de Educación, en contra de la resolución de veintinueve de abril último, dictada en autos sobre reclamo de ilegalidad caratulados “Corporación Educacional Prodeduc con Superintendencia de Educación”, Rol N°15-2021 de la Corte de Apelaciones de Valdivia y, en consecuencia, se declara admisible el recurso de apelación deducido por la parte reclamada en contra de la sentencia de once de abril de dos mil veintidós. Encontrándose los autos en esta Corte, por haberse acogido a tramitación la apelación de la parte reclamante, la cual se sigue bajo el Rol Ingreso Corte N° 12.188-2022, agréguese copia digitalizada de la presente resolución a aquellos autos. Hecho, pasen éstos al señor Presidente, para los fines a que hubiere lugar. Comuníquese lo resuelto a la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 12.783-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol Corte Suprema N° 12.783-2021, compareció el abogado don Marcial Cofré Monsalve, quien dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha veintinueve de abril último, que declaró inadmisible por extemporánea la apelación deducida por la S

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