BRAVO/ROLAND SPAARWATER LIMITADA
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, dictada por don Francisco Veas Vera, juez suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-500-2022, sobre tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y demanda subsidiaria de despido indebido y cobro de prestaciones: se acogió la denuncia de tutela laboral, condenando a la demandada a la indemnización adicional del artículo 489, las indemnizaciones sustitutiva de aviso previo y años de servicio, recargo legal y feriado adeudado, sin costas. Rechazando, en lo que interesa al recurso de la denunciante el pago de las remuneraciones por el tiempo de fuero que le resta al trabajador. Contra esta decisión, ambas partes interpusieron recurso de nulidad. En cuanto al recurso de la denunciada, consta que en audiencia de vista del recurso de fecha quince de febrero de dos mil veintitrés, este fue declarado abandonado, ante la incomparecencia de aquella parte. Respecto al recurso de la parte denunciante, este fue visto en audiencia, correspondiendo a una impugnación en base a una única causal, contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por contener el fallo decisiones contradictorias. Solicita la denunciante que, acogiendo el recurso, se invalide aquella parte del fallo que rechaza condenar a la demandada al pago de las remuneraciones hasta el término del fuero laboral, dictando sentencia de reemplazo que dé lugar a aquella petición, además de lo ya otorgado. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la denunciante invoca, como única causal de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del ramo, aseverando que el
Fallo
fallo decisiones contradictorias. Solicita la denunciante que, acogiendo el recurso, se invalide aquella parte del fallo que rechaza condenar a la demandada al pago de las remuneraciones hasta el término del fuero laboral, dictando sentencia de reemplazo que dé lugar a aquella petición, además de lo ya otorgado. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la denunciante invoca, como única causal de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del ramo, aseverando que el fallo contiene decisiones contradictorias. Funda el recurso, indicando que se incurre en el vicio alegado, al haberse acogido la tutela de derechos fundamentales, rechazando -al mismo tiempo- el pago de las remuneraciones del actor hasta el término del fuero. Explica que se acoge la tutela laboral, por cuanto el demandado con pleno y absoluto conocimiento y conciencia, resuelve despedir premeditada y planificadamente, sin la debida autorización judicial al demandante, no siendo coherente que el juez por otro lado, resuelva negar el pago de las remuneraciones por el tiempo de fuero que le resta al trabajador. Refiere que del motivo 6º del fallo se desprende, claramente, que la empresa se niega a reconocer el fuero sindical del demandante, sin fundamento legal alguno y en dos oportunidades de la instancia administrativa, encontrándose plenamente informado del fuero sindical y conminado por la In
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C.A. de Santiago Santiago, veinte de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, dictada por don Francisco Veas Vera, juez suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-500-2022, sobre tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y demanda subsidiaria de despido indebido y cobro de prestaciones:
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