GUTIÉRREZ/SENIORITY CHILE S.A.
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de dos de mayo de dos mil veintidós, dictada por doña Juana Álvarez Arenas, jueza titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-1688-20222022, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones: se acogió la demanda, declarando que entre las partes hubo un contrato de trabajo a plazo fijo desde septiembre 2021 a febrero 2022, declarando además injustificado el despido y condenando a la demandada al pago de remuneraciones de diciembre 2021, enero y febrero 2022, el aguinaldo de navidad y compensación de feriado proporcional, con costas. En cuanto a la indemnización sustitutiva se rechazó por considerarla improcedente atendida la naturaleza del contrato entre las pares Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, e hizo valer dos causales, una en subsidio de la otra, a saber: (i) a del artículo 478 letra b), en relación a las reglas de la lógica; y (ii) la causal del artículo 477 por infracción al artículo 159 Nº4 del Código del Trabajo Solicita que, acogiendo una u otra causal se anule el fallo, dictándose uno de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes; o en subsidio sólo se condene respecto del mes de aviso por haber sido el despido por término de plazo injustificado, por haberse aplicado la causal respecto de un contrato indefinido (sic). Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: 1.- Primera causal: artículo 478 letra b) del Código del Trabajo PRIMERO: Que la demanda invoca, como causa principal de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del ramo, aseverando que el
Fallo
fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, e hizo valer dos causales, una en subsidio de la otra, a saber: (i) a del artículo 478 letra b), en relación a las reglas de la lógica; y (ii) la causal del artículo 477 por infracción al artículo 159 Nº4 del Código del Trabajo Solicita que, acogiendo una u otra causal se anule el fallo, dictándose uno de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes; o en subsidio sólo se condene respecto del mes de aviso por haber sido el despido por término de plazo injustificado, por haberse aplicado la causal respecto de un contrato indefinido (sic). Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: 1.- Primera causal: artículo 478 letra b) del Código del Trabajo PRIMERO: Que la demanda invoca, como causa principal de nulidad, la contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del ramo, aseverando que el fallo habría sido dictado con infracción a las reglas de la sana crítica. Expone que -correctamente- la sentencia estableció la existencia de un contrato de trabajo celebrado entre las partes, con una duración de dos meses, desde el 1 de septiembre al 31 de octubre de 2021; existiendo un debate en torno a un primer anexo (que acompaña la parte demandante), que extendería la relación al 30 de noviembre, por cuanto este se encuentra firmado por la empresa, pero no por el trabajador. Luego, se establece que la relación laboral terminó el 30 de noviem
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Por sentencia de dos de mayo de dos mil veintidós, dictada por doña Juana Álvarez Arenas, jueza titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-1688-20222022, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones: se acogió la demanda, declarando que entre las partes hubo un contrato de trabaj
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