MERINO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
20 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña Dianela Merino Hernández, empleada, de nacionalidad cubana, cédula de identidad para extranjeros N°27.161.954-5, domiciliada para estos efectos en Carlos Gavardo N°86, comuna de Buin, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente el 9 de marzo de 2022 efectuó su solicitud de residencia definitiva, no recibiendo a la fecha comunicación de avance del mismo, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite demorado. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicita que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el 9 de marzo de 2022 la parte recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva, la que se encuentra desde esa fecha en la etapa de “Análisis I”, de conformidad a la circular N°12 del Servicio Nacional de Migraciones de 24 de noviembre de 2021. Señala que la solicitud se encuentra en trámite, pudiendo acceder la extranjera a un certificado que acredita tal situación, razón por la cual mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitacion
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña Dianela Merino Hernández, empleada, de nacionalidad cubana, cédula de identidad para extranjeros N°27.161.954-5, domiciliada para estos efectos en Carlos Gavardo N°86, comuna de Buin, quien recurre de protección en contra del Servicio Naciona
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