2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

CAMINONDO/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

20 de abril de 2023

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que en la presente causa se ha interpuesto recurso de casación en la forma por el Abogada Procurador Fiscal de Temuco del Consejo de Defensa del Estado, don Álvaro Sáez Willer, en contra de la sentencia dictada el día 19 de noviembre de 2022, por la Jueza (S) del Segundo Juzgado Civil de Temuco, Constanza Rendich Salaberry que en la causa Rol N° C-3116-2021, acogió la reclamación deducida por Sociedad Agrícola, Ganadera y De Servicios El Apero Limitada, en contra de Fisco de Chile, aumentando el monto de la expropiación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: En cuanto al recurso de casación en la forma: PRIMERO: Que, don ÁLVARO SÁEZ WILLER, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE, interpone RECURSO DE CASACION EN LA FORMA en contra de la sentencia definitiva de primera instancia dictada en esta causa con fecha 19 de noviembre de 2022, escrita en folio 57 del cuaderno principal, que acogió el reclamo entablado en estos autos en contra del Fisco de Chile. Argumenta que la sentencia definitiva de primera instancia incurrió en el vicio de nulidad contemplado en el número 4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, consistente en haber sido dada ultra petita, al extenderse a un punto no sometido a la decisión del tribunal y sin que se trate de algún caso en que la ley faculta al sentenciador para fallar de oficio, cuando otorga un aumento de la indemnización por expropiación por un concepto no reclamado (plantaciones y/o especies forestales) y, por ende, no sometido a la decisión del tribunal de V.S., por ser ajeno a la demanda de reclamación de autos. La sentencia definitiva de primera instancia, en contra de la cual se recurre, incurrió en el vicio denunciado del siguiente modo: La Comisión de Peritos Tasadores fijó las siguientes sumas en la expropiación de que se trata: $170.324.300.- por el terreno y $1.650.000.- por plantaciones y/o especies forestales. Mediante el reclamo de autos únicamente se impugnó el valor asignado al terreno expropiado, pero no se reclamó de la tasación (indemnización provisional) por concepto de plantaciones y/o especies forestales, siendo ésta, entonces, una materia ajena al reclamo y, por consiguiente, se trata de un punto no sometido a la decisión del tribunal. La sentencia definitiva impugnada decidió el mencionado reclamo en los siguientes términos: “II.- HA LUGAR a la demanda de reclamación del monto de la indemnización por expropiación, deducida a folio 1 y siguientes por el abogado Marcelo Alberto Cevas Fuentes, en representación de la Sociedad Agrícola, Ganadera Y De Servicios El Apero Limitada, solo en cuanto

Fallo

se declara que el monto de la expropiación provisoria de $170.324.300, consignado en la causa Rol V-136-2021 caratulada Fisco / Consejo De Defensa Del Estado seguida ante este mismo tribunal resulta insuficiente, decretándose como monto de la expropiación definitiva la suma contemplada en el informe pericial del perito de la reclamante don Claudio Andrés Angulo Vargas rolante a folio 36, esto es la suma de $255.929.336, debiendo en definitiva la reclamada proceder a consignar el saldo de $85.605.036 (ochenta y cinco millones seiscientos cinco mil treinta y seis pesos), sin reajustes ni intereses, sin perjuicio de aquellos que se devenguen una vez que se haya requerido legalmente el cumplimiento de la eventual sentencia definitiva ejecutoriada.” Así, entonces, la sentencia definitiva recurrida sigue en todo el informe pericial del perito de la reclamante, evacuado por don Claudio Andrés Angulo Vargas, de folio 36, y establece la indemnización definitiva de la expropiación en la suma total de $255.929.336.- que señala dicho informe pericial. Ahora bien, el mencionado informe pericial de la reclamante fijó en $252.629.336.- el valor del terreno y, además, en $3.300.000.- el de las plantaciones y/o especies forestales (esto es, eleva su monto de $1.650.000.- a $3.300.000.-), arrojando ambos conceptos la suma total de $255.929.336.-. Cabe destacar que el propio perito se encarga de advertirle a V.S. que, no obstante que ha considerado en su informe el rubro plantaciones y/o espe

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinte de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Que en la presente causa se ha interpuesto recurso de casación en la forma por el Abogada Procurador Fiscal de Temuco del Consejo de Defensa del Estado, don Álvaro Sáez Willer, en contra de la sentencia dictada el día 19 de noviembre de 2022, por la Jueza (S) del Segundo Juzgado Civil de Temuco, Constanza Rendich Salaberry que

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica