SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A. CON SCM VIRGINIA *
Rol
33732-2021
Fecha
9 de mayo de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Hechos
Vistos: En autos rol N° C-1602-2018, seguidos ante el Tercer Juzgado Civil de Antofagasta, caratulados “SQM S.A. con SCM Virginia” por sentencia de dieciocho de julio de dos mil diecinueve, se acogió la excepción de falta de legitimación activa opuesta y, en consecuencia, se omitió pronunciamiento sobre el fondo de la demanda de nulidad de pertenencia minera deducida por la Sociedad Química Minera de Chile S.A. en contra de la sociedad SCM Virginia. Se alzó la actora y una sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, por sentencia de siete de abril de dos mil veintiuno, la confirmó. En contra de este último pronunciamiento, la demandante interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo, que pasan a analizarse. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Que la recurrente funda su arbitrio en la causal del N° 5 del artículo 768 en relación con el artículo 170 N° 4 (referido erróneamente como N° 5 en el recurso, pero que de su desarrollo se desprende que se refiere al numeral anterior de la citada disposición legal), del Código de Procedimiento Civil y los numerales 5° a 8° del Auto Acordado de esta Corte sobre forma de las sentencias, argumentando que la judicatura omitió el análisis de toda la prueba rendida en juicio relacionada con los requisitos de procedencia de la acción de nulidad, lo que, a su juicio, no satisface a cabalidad las exigencias legales y doctrinarias del contenido de las resoluciones judiciales. Agrega que si el
Fallo
fallo impugnado hubiera dado cabal cumplimiento con las exigencias del legislador de realizar una íntegra consideración de los hechos y de la prueba rendida en juicio, habría arribado a una conclusión distinta, pues habría aparecido la inconsistencia jurídica consistente en que la situación fáctica sobre cuya base confirma el fallo de primera instancia no fue discutida en el juicio por las partes, ya que al momento de interponer la demanda se había dado inicio al procedimiento de corrección de la mensura, contemplado en el artículo 98 del Código de Minería, razón por la cual el fallo se apartó de la controversia y lo peticionado por las partes en sus libelos, alejándose de lo establecido por el legislador en el numeral 6° del artículo 95 del Código de Minería. Por lo anterior, solicitó su invalidación, exigiéndole al tribunal de segunda instancia que complemente la sentencia con arreglo a derecho, con expresa condena en constas en caso de oposición. Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, “para que pueda ser admitido el recurso de casación en la forma es indispensable que el que lo entabla haya reclamado de su falta, ejerciendo oportunamente y en todos sus grados los recursos establecidos por la ley”. Tercero: Que, consta que la sentencia de primer grado, confirmada por la que es materia del recurso de nulidad, no fue atacada por el medio de impugnación que ahora se intenta, en circunstancias que, igual a la ahora
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de mayo de dos mil veintidós. Vistos: En autos rol N° C-1602-2018, seguidos ante el Tercer Juzgado Civil de Antofagasta, caratulados “SQM S.A. con SCM Virginia” por sentencia de dieciocho de julio de dos mil diecinueve, se acogió la excepción de falta de legitimación activa opuesta y, en consecuencia, se omitió pronunciamiento sobre el fondo de la demanda de nulidad de pertenencia
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