29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA/SUPPORT SERVICES LIMITADA (LTE)

Rol

35524-2021

Fecha

9 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA (M)

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sumario especial de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas tramitado ante el 29° Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-6396-2020, caratulado “Inversiones Y Construcciones Aries Limitada con Support Services Limitada”, la parte demandada recurre de casación en la forma en contra la sentencia de fecha veintitrés de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la sentencia de veintinueve de enero del mismo año que declaró terminado el contrato de arrendamiento. SEGUNDO: Que la recurrente esgrime la causal de nulidad formal contemplada en el artículo 768 N° 1 y N° 5 en relación con el artículo 170 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, sostiene que encontrándose controvertido en autos la procedencia de las excepciones de incompetencia y litis pendencia, la sentencia de segundo grado necesariamente debía fallar la cuestión sometida a su decisión dando estricta aplicación a los numerales N° 1 y 3 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, ello requería que se revisarán y contrastaran los elementos y requisitos para establecer la concurrencia de la litis pendencia y en consecuencia la incompetencia del tribunal de primer grado para conocer del proceso. Agrega que, la sentencia se refiere en forma incompleta, inconexa e impropia sobre el valor probatorio de cada medio de prueba y, menos aún, lo hace conforme a las normas de la lógica, máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados que le otorga a cada medio probatorio, obligación de la esencia de la sana crítica. TERCERO: Que revisados los antecedentes del proceso se desprende que el recurso no fue preparado en los términos que exige el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil. En efecto, el reproche del recurrente se dirige contra el fallo de alzada que confirmó sin modificaciones el de primer grado, sentencia esta última que es, en definitiva, la que

Fallo

fallo de alzada que confirmó sin modificaciones el de primer grado, sentencia esta última que es, en definitiva, la que en su concepto adolece de las anomalías denunciadas y, sin embargo, no fue objeto de la impugnación de nulidad formal que ahora se intenta. Lo anterior deja en evidencia que no se reclamó por la parte demandada oportunamente y en todos sus grados, del vicio que actualmente alega, razón por la cual el recurso de nulidad formal no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 769 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma deducido en lo principal del escrito de fecha cinco de mayo de dos mil veintiuno, por el abogado Rodrigo Antonio Tapia Petersen Juan Cabezas Reyes, en representación de la parte demandada, contra la sentencia de veintitrés de abril del mismo año, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase por interconexión. Rol N° 35.524-2021.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Cecilia Repetto G., y el Ministro Suplente Sr. Mario Gómez M. No firma el Ministro Suplente Sr. Gómez M., no obstante haber concurrido al acuerdo del fallo, haber terminado su periodo de suplencia. Santiago, nueve de mayo de dos mil veintidós.

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Santiago, nueve de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sumario especial de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas tramitado ante el 29° Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-6396-2020, caratulado “Inversiones Y Construcciones Aries Limitada con Support Services Limitada”, la parte demandada recurre de casación en la forma

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